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DECRETO SUPREMO Nº 12368

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, es deber del Supremo Gobierno incentivar las “Ferias Exposiciones” Nacionales e Internacionales, que muestran la imágen del desarrollo de la industria nacional y el avance tecnológico a nivel mundial;

 

Que, las mencionadas ferias no tienen propósito de lucro y cuya finalidad es la de promover entre el público asistente el consumo de productos nacionales y a su vez los Industriales adquieran conocimientos sobre los últimos adelantos en materia de maquinarias y equipos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Con carácter de excepción libérase del impuesto sobre espectáculos públicos, establecido mediante Decreto Supremo Nº 04545 de 31 de diciembre de 1956, los ingresos obtenidos en la venta de entradas a la primera feria exposición internacional, realizada en la ciudad de Cochabamba del 9 al 24 de noviembre de 1974.

ARTÍCULO 2.- Igualmente quedan exentas del impuesto sobre espectáculos públicos, los ingresos provenientes de la venta de localidades en todas las Ferías Exposición Nacionales e Internacionales, realizadas en el territorio de la República y cuyo financiamiento no provenga de subvenciones del Supremo Gobierno.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y seis días del mes de abril de mil novecientos setenta y cinco años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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