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DECRETO SUPREMO Nº 15524

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

Que, en fecha 31 de enero de 1978, fue dictado el Decreto Supremo Nº 15284, por el cual se establecía que la ubicación de una planta de zinc en el Departamento de Potosí estaría sujeta al resultado de los estudios del Plan Industrial Integrado para el Desarrollo de la Metalurgia de Zinc.

Que, en la actualidad han sido concluidos entregados dichos estudios por la Comisión respectiva a la Empresa Nacional de Fundiciones, en cuyos resultados y conclusiones son positivos.

Que, a estos antecedentes se suma el haberse suscrito un convenio entre ENAF y ENDE por el cual se establece una rebaja del 15% en los costos, para el suministro de energía que será utilizada en la planta electrolítica de zinc en el Departamento de Potosí.

Que, el Gobierno de las Fuerzas Armadas de la Nación tiene el firme propósito de dar cumplimiento al compromiso contraído con el pueblo de Potosí para la instalación de la mencionada planta electrolítica de zinc.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Determínase en forma definitiva que la instalación de una planta electrolítica de zinc, se efectuará en el Departamento de Potosí, con preferencia en la localidad de Uyuni.

ARTÍCULO 2.- Autorízase a la Empresa Nacional de Fundición ENAF, la contratación de una firma consultora, para el diseño final de la planta y la ubicación definitiva de la misma dentro del Departamento de Potosí.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgia y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos setenta y ocho años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillen Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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