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DECRETO SUPREMO Nº 15514

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

Que, el Instituto Nacional de Estadística (INE), requiere de un Presupuesto Adicional para encarar la ejecución de sus Programas 01 “Estadística y Censos” y 03 “Censo Nacional Agropecuario”, destinados a posibilitar la realización de programas de muestras y encuestas necesarias para el país, y obtener información estadística actualizada en el sector agropecuario, en función de futuros proyectos y soluciones a corto y largo plazo es dicho sector, aprovechando la asistencia técnica internacional proporcionada por la FAO a través del Convenio que tiene suscrito con nuestro Gobierno.

Que, el Instituto Nacional de Estadística confronta asimismo con la necesidad de efectuar la refacción de su nuevo edificio y apresurar la entrega de las oficinas del Palacio Legislativo y el mobiliario que viene utilizando, con la celeridad que el proceso de institucionalización del país lo requiere.

Que, a los fines señalados se hace necesario aprobar un Presupuesto Adicional a favor del INE a través del Ministerio de Planeamiento y Coordinación, por la suma global de $b. 9.450.000.-

EL CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A :

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Planeamiento y Coordinación para su transferencia al Instituto Nacional de Estadística, por la suma de NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 9.450.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal, de acuerdo al siguiente detalle:

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACION

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

 

Código

 

FUENTE

PRESUPUESTO ADICIONAL

1978

I

1.-

NACIONALES

Tesoro Nacional

 

9.450.00.-

9.450.00.-

 

TOTAL:

 

9.450.00.-

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código

Descripción

PRESUPUESTO ADICIONAL

1978

700

720

722

TRANSFERENCIAS

Al Sector Público

Transferencias Corrientes por Subsidios o Subvenciones

Administración Desentralizada

2.- Instituciones Públicas

Instituto Nacional de Estadística

9.450.000.-

9.450.000.-

9.450.000.-

9.450.000.-

 

9.450.000.-

9.450.000.-

 

TOTAL:

9.450.000.-

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Instituto Nacional de Estadística, como organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará en su aplicación a la siguiente relación de ingresos y egresos.

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA (INE)

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

Financiamiento por Origen de los Recursos

 

Código

 

Descripción

PRESUPUESTO ADICIONAL

1978

I

4.-

NACIONALES

Transferencias

De la Administración Central

Ministerio de Planeamiento y Coordinación (T.G.N)

9.450.000.-

9.450.000.-

9.450.000.-

 

9.450.000.-

 

 

TOTAL:

9.450.000.-

CAPÍTULO I: FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01: Estadística y Censos

EGRESOS

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

Código

 

Descripción

PRESPUPUESTO ADICIONAL

1978

200

220

221.4

222.4

225.4

300

310

311.4

320

323.4

325.4

327.4

328.4

329.4

400

420

430

431.4

437.4

440

441.4

SERVICIOS NO PERSONALES

Servicios de Transporte y Seguros

Pasajes

Viáticos

Seguros

MATERIALES Y SUMINISTROS

Para Oficina

Papelería y Suministros Varios

Para Usos Varios

Alimentos

Lubricantes y Combustibles

Construcción y Edificación

Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores

Otros Materiales y Suministros

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

Construcciones, Reformas e Instalaciones

Maquinaria y Equipo

Equipo de Oficina y Muebles

Otra Maquinaria y Equipo

Activos Financieros

Títulos y Valores

200.000.-

200.000.-

50.000.-

100.000.-

50.000.-

1.450.000.-

700.000.-

700.000.-

750.000.-

300.000.-

100.000.-

150.000.-

150.000.-

50.000.-

1.800.000.-

700.000.-

1.000.000.-

800.000.-

200.000.-

100.000.-

100.000.-

 

T o t a l:

3.450.000.-

PROGRAMA 03:

Censo Nacional Agropecuario

 

 

 

100

100

200

210

213.4

220

221.4

222.4

223.4

240

241.4

300

310

311.4

320

325.4

328.4

400

430

431.4

SERVICIOS PERSONALES

Empleados No Permanentes

SERVICIOS NO PERSONALES

Servicios Básicos

Publicidad e Imprenta

Servicios de Transporte y Seguros

Pasajes

Viáticos

Fletes y Almacenamiento

Mantenimiento y Reparaciones

Edificios y Equipos

MATERIALES Y SUMINISTROS

Para Oficina

Papelería y Suministros Varios

Para Usos Varios

Lubricantes y Combustibles

Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

Maquinaria y Equipo

Equipo de Oficina y Muebles

 

2.500.000.-

2.500.000.-

2.850.000.-

300.000.-

300.000.-

2.450.000.-

300.000.-

2.000.000.-

150.000.-

100.000.-

100.000.-

550.000.-

200.000.-

200.000.-

350.000.-

300.000.-

50.000.-

100.000.-

100.000.-

100.000.-

 

TOTAL:

6.000.000

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de junio de mil novecientos setenta y ocho años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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