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DECRETO SUPREMO Nº 15429

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, dentro de los Proyectos de mayor significación educativa del Ministerio de Educación y Cultura se cuenta con la construcción è instalación del Instituto Tecnológico en la ciudad de Santa Cruz.

 

Que, para dicha construcción, el Directorio de, la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz, aprobó la transferencia gratuita en favor del Ministerio de Educación y Cultura de un lote de terreno de 30.000 m2. ubicado al Noreste de la Avenida Paraguá dentro de la faja de equipamiento entre el 3er. anillo externo y 3er. anillo interno de la ciudad de Santa Cruz;

 

Que, dada la finalidad socio educativa del Proyecto y la transferencia indicada, es procedente su aprobación por el Supremo Gobierno.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz, transferir a título gratuito en favor del Ministerio de Educación y Cultura, un lote de terreno de 30.000 m2. de su propiedad ubicado sobre la faja de equipamiento terciario, entre el 3er. anillo externo y el 3er. anillo interno y la Avenida Paraguá de la ciudad de Santa Cruz, con destino exclusivo a la construcción del Instituto Tecnológico.

 

ARTÍCULO 2.- Libérase del impuesto a la transferencia, plus valía, papel sellado y timbres y otros impuestos, por tratarse de Entidades del Estado.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Coordinación, de Finanzas y de Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de abril de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Fadrique Muños Reyes, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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