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DECRETO SUPREMO Nº 15399

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que el Comité Departamental de Desarrollo de Tarija, solicita un Presupuesto Adicional para la ejecución de varios proyectos de urgente necesidad en el Departamento de Tarija.

 

Que analizado el anterior requerimiento por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas y revisado el comportamiento presupuestario del Servicio recurrente, se establece que el Presupuesto del Comité Departamental de Desarrollo de Tarija dependiente del Ministerio de Planeamiento y Coordinación, carece de saldos líquidos disponibles por la disminución considerable de las regalías petroleras departamentales en relación a años anteriores por lo que se considera la conveniencia de autorizar la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a Recursos del Tesoro Nacional, a fin de cubrir las necesidades expuestas, de conformidad al Art. 27 del D. L. No. 15338 de 3 de marzo de 1978.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Planeamiento y Coordinación, para el Comité Departamental de Desarrollo de Tarija con cargo a Recursos del Tesoro Nacional, para su vigencia en la presente gestión fiscal, por la suma de QUINCE MILLONES 00/100 DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 15.000.000.-) de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Finnciamiento por Orígen de los Recursos:

 

 

 

Presupuesto

Código

Fuente

Adicional

 

 

1978

I

NACIONALES

15.000.000.-

1 -

Tesoro Nacional

15.000.000.-

 

Total:

15.000.000.-

 

 

 

EGRESOS

 

 

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1978

700

TRANSFERENCIAS

15.000.000.-

724

Transferencias de Capital por Subvenciones

15.000.000.-

 

Administración Descentralizada

15.000.000.-

 

1.- Corporaciones de Desarrollo

15.000.000.-

 

Comité Departamental de Dsarrollo de Tarija

15.000.000.-

 

Total :

15.000.000.-

 

ARTÍCULO 2.- El Comité Departamental de Desarrollo de Tarija, como organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará al siguiente detalle: de Ingresos y Egresos:

 

COMITE DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE TARIJA

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Finnciamiento por Orígen de los Recursos:

 

 

Presupuesto

Código

Fuente

Adicional

 

 

1978

I

NACIONALES

15.000.000.-

4 -

Transferencias

15.000.000.-

 

A: De la Administración Central

15.000.000.-

 

Ministerio de Planeamiento y

 

 

Coordinación (TGN)

15.000.000.-

 

Total:

 

 

 

15.000.000.-

= = = = = = =

 

EGRESOS

 

 

 

(En Pesos Bolivianos)

 

 

CAPITULO DE INVERSIÓN

 

 

 

PROGRAMA 02: DESARROLLO DEPARTAMENTAL

 

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1978

200

SERVICIOS NO PERSONALES

7.038.000.-

250

Servicios Profesionales y Comerciales

7.038.000.-

252

Estudios, Investigaciones y Proyectos

7.038.000.-

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

7.962.000.-

420

Construcciones, Reformas e Instalaciones

7.962.000 -

 

Total:

15.000.000.-

 

El monto anterior será utilizado de acuerdo al siguiente detalle de proyectos:

 

 

Alcantarillado de Villamontes

374.000.-

Alcantarillado de Bermejo

285.000.-

Fábrica de Alimentos Balanceados

1.893.000.-

Terminal de Buses

927.000.-

Obras Acción Cívica

250.000.-

Electrificación Rural (USAID)

3.700.000.-

Estudio San Jacinto

4.400.000.-

Estudio Fábrica de Cemento

2.638.000.-

Hospital de Bermejo

533.000.-

Total:

15.000.000.-

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de abril de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Válda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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