TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 15388

GRAL HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

Que, el Decreto Supremo No. 09123 de 26 de febrero de 1970, establece el plazo fijo e improrrogable para la presentación con trámite improrrogable concluido de expedientes de inscripción en el Escalafón, Títulos de Maestro Normal y Titular por Antigüedad, para efectos de ascensos de categorías, hasta el 31 de marzo de cada año.

 

Que, si bien el Código de la Educación Boliviana en sus Art. 232, 233, así como el Reglamento del Escalafón, disponen que tanto el Magisterio Fiscal como Personal Administrativo deben rendir exámenes de idoneidad en el período de descanso pedagógico, debido a circunstancias imponderables y de fuerza mayor, no se pudo cumplir con este requisito en la gestión de 1977.

 

Que, es de equidad evitar los perjuicios que por tales razones sufre el Magisterio Nacional, ampliándole favorablemente los plazos que le permitan poner en orden sus expedientes referentes a trámites escalafonarios, con exámenes aprobados en el mes de enero de la gestión vigente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Sólo por la presente gestión prorrógase hasta el 15 de mayo próximo, el término de presentación de expedientes con exámenes aprobados en el mes de enero del año en curso, y trámite concluido de inscripción en el Escalafón, Títulos de Maestro Normal y Titular por Antigüedad para efectos de Ascenso de Categoría del Personal Docente y Administrativo del Servicio de Educación.

 

Los señores Ministros de Estado en Despachos de Educación y Cultura y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Diario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|