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LEY N° 946
LEY DE 10 DE MAYO DE 2017

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Se declara Héroe Nacional del Estado Plurinacional de Bolivia, al Poeta y Líder Indígena Juan Wallparrimachi Mayta, en memoria y justo reconocimiento a su lucha en la Guerra de la Independencia de Bolivia.

ARTÍCULO 2. El Órgano Ejecutivo a través de los Ministerios de Culturas y Turismo, y de Educación, en coordinación con las Entidades Territoriales Autónomas correspondientes, en el marco de sus atribuciones y competencias respectivamente, implementará políticas públicas de promoción y difusión con fines educativos, culturales e históricos de la trayectoria de Juan Wallparrimachi Mayta.
 
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.

Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, María Argene Simoni Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Dulce María Araujo Domínguez.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.

FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Roberto Iván Aguilar Gómez, Wilma Alanoca Mamani.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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