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DECRETO SUPREMO Nº 15355

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de Sucre, de conformidad a las previsiones contenidas en el Decreto Ley N° 10120 de 2 de febrero de 1972, ha convocado a propuestas para la construcción del mercado de la zona central de la ciudad de Sucre.

 

Que, habiéndose presentado a la Convocatoria No. 4/77 las empresas constructoras "CONSAN NIKKEN", "BOLIVIANA S.R.L.," "OLMEDO LTDA.". "EIAL", "CIMA", "H. LÓPEZ", "TRANSANDINA" y "SOCOSAL" La Junta Municipal de Licitaciones mediante Resolución No. 1 de fecha 13 de febrero del año en curso adjudicó la obra señalada a la Empresa Constructora SOCOSAL, por ser la más conveniente a los intereses de la Comuna.

 

Que, en razón del costo de la presente adjudicación se precisa su aprobación mediante Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTICULO 1°.- Apruébase la adjudicación otorgada por la Junta Municipal de Licitaciones de la H. Alcaldía de Sucre, en favor de la Empresa Constructora SOCOSAL, para la construcción del mercado de la zona central de la ciudad de Sucre, por el precio total del veintidós millones trescientos veintitrés mil ciento sesenta y uno 00/100 Pesos Bolivianos ($b. 22.323.161).

 

ARTICULO 2°.- Se auoriza a la H. Alcaldía Municipal de Sucre, suscribir el contrato respectivo con la empresa adjudicataria consignando las especificaciones técnicas y cláusulas de seguridad, con la concurrencia del Contralor General de la República y Fiscal del Gobierno, por ante la Notaría de Gobierno, con las formalidades de Ley.

 

El señor Ministro da Estado en el Despacho del Interior, Migración, y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Válda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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