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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 727
La Paz, 18 de agosto del 2016

VISTOS: La solicitud de reconocimiento de personalidad jurídica presentada por IDEPRO Desarrollo Empresarial IFD (IDEPRO IFD), en el marco de las Disposiciones Finales Tercera y Cuarta de la Ley Nº 393 de 21 de agosto de 2013, de Servicios Financieros, la documentación constitutiva, reglamentaria y otros de IDEPRO IFD, la nota ASFI/DSR IV/R-116093/2016 de No Objeción emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

CONSIDERANDO:

Que los numerales 14 y 15 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determinan que son competencias del nivel central del Estado, la otorgación de personalidad jurídica a organizaciones sociales que desarrollen actividades en más de un Departamento; así como, la otorgación y registro de personalidad jurídica a organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, que desarrollen actividades en más de un Departamento.

Que las Disposiciones Finales Tercera y Cuarta de Ley N° 393, de 21 de agosto de 2013, de Servicios Financieros, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas será la instancia del nivel central del Estado que ejercerá las competencias de otorgación y registro de las personalidad jurídica de organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro con actividad financiera, creadas bajo la forma de "Asociación o Fundación", así como de entidades financieras comunales e instituciones financieras de desarrollo, que desarrollen sus actividades en más de un Departamento.

Que por Resolución Ministerial N° 259 de 05 de mayo de 2016, emitida por este Ministerio, se aprobó el “Reglamento de Otorgación y Registro de Personalidad Jurídica de Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones, Entidades Civiles Sin Fines de Lucro con Actividad Financiera, Entidades Financieras Comunales e Instituciones Financieras de Desarrollo que Desarrollan Actividades Financieras en más de un Departamento”, estableciéndose los requisitos y el procedimiento para dicho fin.

Que la institución actualmente denominada IDEPRO Desarrollo Empresarial IFD con sus sigla IDEPRO IFD, obtuvo anteriormente el reconocimiento de personalidad jurídica mediante Resolución Suprema N° 205704 de 30 de diciembre de 1988. Sin embargo, en el marco de la Ley N° 393 de Servicios Financieros, la referida institución realizó la adecuación de su documentación constitutiva ante la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

Que dentro de lo establecido por la Ley N° 393 de Servicios Financieros y el Reglamento aprobado mediante Resolución Ministerial N° 259 emitido por este Ministerio, la institución IDEPRO IFD cumple con los requisitos para el otorgamiento de personalidad jurídica como entidad para el desarrollo de actividades financieras en más de un Departamento, razón por la cual corresponde la emisión de la norma que reconozca dicha situación jurídica, de tal modo que la misma pueda continuar con sus actividades.

POR TANTO:

                El Ministro de Economía y Finanzas Públicas, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por Ley,

 

RESUELVE:

PRIMERA.- RECONOCER y OTORGAR personalidad jurídica a IDEPRO Desarrollo Empresarial INSTITUCIÓN FINANCIERA DE DESARROLLO con sus siglas IDEPRO IFD, con domicilio en la Ciudad de La Paz del Departamento de La Paz, como entidad que desarrolla actividades financieras en más de un Departamento; disponiendo su inscripción en el registro de Personalidad Jurídica de Entidades Financieras Especiales, bajo la matrícula “RPJ-EFIE-002-TP05”, así como la publicación de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de Bolivia, a costo del solicitante.

SEGUNDA.- Aprobar el Estatuto Orgánico en VI Títulos y 106 (ciento seis) artículos, así como el Reglamento Interno de IDEPRO IFD, de acuerdo a las Escrituras Públicas N° 619/2016 de fecha 1 de agosto 2016 y N° 620/2016 de 1 de agosto de 2016, respectivamente, otorgadas por ante Notaria de Fe Pública N° 037 de la Ciudad de La Paz a cargo de Dennys Eduardo Tapia Crespo.

TERCERA.- La Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través de su área de Archivo Legal  procederá al archivo de la documentación presentada por IDEPRO IFD, para los fines del artículo 11 del Reglamento aprobado por la Resolución Ministerial N° 259 de 05 de mayo de 2016.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora
MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBICAS.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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