Sucre, de 27 de marzo de 2015
SALA PLENA
Magistrado Relator:             Dr.  Macario Lahor Cortez Chávez  
                                                   Acción  de inconstitucionalidad Concreta
Expedientes:                          05677-2013-12-AIC
    Departamento:                      La  Paz
En la acción de inconstitucionalidad concreta presentada por Luciano Carrillo, Gerente General de la Cervecería Boliviana Nacional S.A. (CBN), ante el Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP), interponiendo la inconstitucionalidad de los arts. 11.1, 3, 4 y 11; 19 y 20 del Decreto Supremo (DS) 29519 de 16 de abril de 2008; 33, 39 y 41 del Reglamento de Regulación de la Competencia, aprobado mediante Resolución Ministerial (RM) 190 de 29 de mayo del mismo año, por ser presuntamente contrarios a los arts. 12.I y III, 14.IV y V, 15. IV y V, 109.II, 116.II, 158.I.3, 175.I.4 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
POR TANTO
  La Sala Plena  del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la jurisdicción que le  confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art.  12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve  declarar la CONSTITUCIONALIDAD de los arts. 11.1, 3, 4 y 11; 19 y 20 del Decreto  Supremo 29519 de 16 de abril de 2008; y 33, 39 y 41 del Reglamento de  Regulación de la Competencia, aprobado mediante RM 190 de 29 de mayo del  mismo año. 
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
No intervienen los Magistrados Dr. Ruddy José Flores Monterrey y la Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez, por ser de votos disidentes.
Fdo. Dr. Zenón Hugo Bacarreza Morales PRESIDENTE, Dr. Macario Lahor Cortez Chávez, Efren Choque Capuma, Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado, Dra. Mirtha Camacho Quiroga.