LEY  N° 799 
    LEY  DE 25 DE ABRIL DE 2016
EVO MORALES AYMA
    PRESIDENTE  CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.
I.            De  conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158  de la Constitución Política del Estado, se aprueba el  Convenio de Préstamo N° 8552-BO suscrito entre el Estado Plurinacional de  Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, en fecha 9  de marzo de 2016, por un monto de  hasta $us165.950.000.- (Ciento Sesenta y Cinco Millones Novecientos Cincuenta  Mil 00/100 Dólares Estadounidenses), para financiar el “Proyecto de Desarrollo  de Capacidades en el Sector Vial”. 
    II.          Se autoriza al Ministerio de Economía y  Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución  del mencionado Convenio de Préstamo N° 8552-BO, aprobado por la presente Ley. 
  Remítase  al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
  Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea  Legislativa Plurinacional, a los siete días del mes de abril del año dos mil  dieciséis.
  Fdo. Ester Torrico Peña, Lilly Gabriela Montaño  Viaña, Eliana Mercier Herrera, Víctor Hugo Zamora Castedo, Erik Morón Osinaga, Jhovana  M. Jordan Antonio. 
  Por tanto, la promulgo para que se  tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia. 
  Palacio de Gobierno de la ciudad de  La Paz, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil dieciséis. 
  FDO. EVO MORALES AYMA,  David Choquehuanca Céspedes, Juan  Ramón Quintana Taborga, René Gonzalo Orellana Halkyer, Luis  Alberto Arce Catacora, Milton Claros Hinojosa.