TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

 

DECRETO SUPREMO Nº 13524
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Supremo Gobierno de la Nación, ha concluído la renovación de los Códigos Bolivianos, base de la estructura y el ordenamiento jurídico del país;

 

Que, promulgados los Códigos de Justicia Militar, corresponde concordar y actualizar las demás disposiciones legales castrenses;

 

Que, la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación, como instrumento jurídico fundamental de la Institución Armada, debe ser compatibilizada con los modernos requerimientos estructurales y de mando;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Organízase una Comisión Militar encargada de revisar la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, la misma que estará constituida de la siguiente forma:

 

Presidente Gral. Brig. René Mattos Bustillos

Vocales Cnl. Carlos Romero Arévalo

Cap. Frag. Eduardo Bejar

Dorado.

My. Francisco La Fuente P.

My. Serv. José H. Vilar Tufiño

My. Serv. Rolando Hurtado Ch.

My. Serv. Raúl Novillo Villarroel

Cap. Serv. Mario Orías Carvajal.

 

ARTÍCULO 2.- La Comisión designada adoptará el método y sistema de trabajo que estime conveniente al buen resultado de su cometido debiendo presentar el proyecto de la nueva Ley Orgánica en el término de noventa días a partir de la fecha.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de abril de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaja Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torrez Navarro, Santiago Maese Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|