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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 13584

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, previo llamamiento a Licitación Pública, la H. Junta de Almonedas de CORDEPAZ, en sesión de 9 de abril de 1976, adjudicó a la firma Alke y Cía. (Bolivia) S. A., la propuesta N° 8/76 “Provisión de Insumos Agrícolas”, con destino al Proyecto Altiplano Norte, por la suma global de $b. 748.680.-

 

Que del estudio de los antecedentes se desprende que se han cumplido con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo de 22 de mayo de 1939 y el Decreto Ley Nº 13384;

 

Que, en conformidad con el inciso c) del Artículo 1° del Decreto Ley Nº 13384, corresponde aprobar la citada adjudicación mediante la correspondiente disposición, acorde con el monto;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas de CORDEPAZ, reunida el 9 de abril de 1976, para la provisión de insumos agrícolas destinado al Proyecto Altiplano Norte en favor de al firma Alke y Cía. (Bolivia) S.A., por la suma de SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS BOLIVIANOS ($b.-748.680.-) conforme a la convocatoria Nº 8/76 y a las condiciones correspondientes en el Pliego de Especificaciones.

 

ARTÍCULO 2.- Se faculta a los ejecutivos de la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz (CORDEPAZ), firmar el contrato respectivo con la firma Alke y Cía. (Bolivia) S. A., con la participación del Contralor General de la República y el Fiscal de Gobierno.

 

La importación que se faculta, queda liberada de todos los impuestos nacionales, departamentales, municipales y universitarios, de derechos arancelarios y otros.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de mayo de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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