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DECRETO SUPREMO N° 13581

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de La Paz, de conformidad a las previsiones contenidas en el Decreto Ley Nº 10120 de 2 de febrero de 1972, ha convocado a propuestas para las obras de pavimentación de la calle Ricardo Bustamante, Avenida Entre Ríos y Eduardo Avaroa de esta ciudad.

 

Que, habiéndose presentado a la convocatoria las Empresas Constructoras “CERMAC”, “MARIACA” y “ESEC”, la Junta Municipal de Licitaciones mediante Resolución Nº 6512 - 76 de 16 de marzo de 1976, adjudicó a la Empresa Constructora “ESEC” la ejecución de las obras de pavimentación señalada, por ser la más conveniente a los intereses de la Municipalidad.

 

Que, de conformidad con el inc. e) del Art. 7º del D. S. Nº 12262 de 24 de febrero de 1975, referente a la aprobación del Presupuesto Consolidado del Sector Público y la razón del costo de la presente adjudicación, es precisa su aprobación mediante Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación otorgada por la Junta Municipal de Licitaciones de la H. Alcaldía Municipal de La Paz, en favor de la Empresa Constructora “ESEC” para la ejecución de los trabajos de pavimentación de la calle Ricardo Bustamante, Avenida Entre Ríos y Eduardo Avaroa, por el precio global de Cuatro millones quinientos tres mil novecientos cuarenta y ocho 42/100 pesos bolivianos ($b.- 4.503.948,42), debiendo la H. Alcaldía Municipal de La Paz, suscribir el contrato respectivo con la empresa adjudicataria consignando las especificaciones técnicas y cláusulas de seguridad y garantías, con la concurrencia del señor Contralor General de la República, Fiscal de Gobierno por ante la Notaría de Hacienda, con las formalidades de ley.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia, y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y siete días del mes de mayo de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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