TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO Nº 13634

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de Riberalta, Beni, ha solicitado liberación de gravámenes aduaneros para la importación de artefactos domésticos al uso de la población;

 

Que, en defensa de la economía popular y el mejoramiento del nivel de vida de dicha población corresponde conceder la liberación solicitada.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Con carácter excepcional y por esta única vez, se concede la liberación del 100% (cien por ciento) de los gravámenes aduaneros, con excepción de la tasa retributiva de Servicios Prestados y 1% Pro Desarrollo del Noroeste Boliviano, para la importación de los siguientes artefactos de uso doméstico consignados a la H. Alcaldía Municipal de Riberalta - Beni:

 

100 (cien) unidades refrigeradores de uso doméstico, eléctricos.

100 (cien) unidades refrigeradores de uso doméstico, no eléctricos.

100 (cien) unidades mezcladoras de productos alimenticios (licuadoras).

200 (doscientos) unidades de ventiladoras.

 

ARTÍCULO 2.- Los artefactos anteriormente detallados serán comercializados entre los pobladores de la ciudad de Riberalta a precios establecidos por la H. Alcaldía Municipal favorecida con la presente liberación, la misma que será formalizada mediante Resolución expresa del Ministerio de Finanzas.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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