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DECRETO SUPREMO N° 13636

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Ministerio del Interior, Migración y Justicia precisa de un refuerzo presupuestario en la Partida 120 “Empleados No Permanentes”, con la finalidad de dar cobertura a 50 Items de funcionarios auxiliares para trabajos de Estadística de Migración, Registro Civil y otros, los mismos que deben prestar servicios en forma eventual a partir del mes de mayo a diciembre de la presente gestión fiscal.

 

Que, analizado el anterior requerimiento por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas y revisado el comportamiento presupuestario del Servicio recurrente, se establece que el Presupuesto del Ministerio del Interior carece de saldos líquidos disponibles, por lo que se considera la conveniencia de autorizar la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a fondos del Tesoro Nacional a fin de cubrir las necesidades expuestas, incluyendo la relación de ingresos y egresos elaborada por la citada Dirección General de Presupuesto.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio del Interior, Migración y Justicia con cargo a fondos del Tesoro Nacional, para vigencia en la presente gestión fiscal, por la suma de SEISCIENTOS TREINTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 630.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

PROGRAMA 01.- ADMINISTRACION CENTRAL

 

INGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

Código

 

F u en t e

Presupuesto

Adicional

1976

 

I

 

NACIONALES………………………………

 

630.000.-

 

1.-

 

Tesoro Nacional………………………………

 

630.000.-

 

 

T o t a l :…………………………………….

 

630.000.-

 

 

EGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código

 

D e c r i p c i ó n

Presupuesto Adicional

1976

 

100

SERVICIOS PERSONALES………………………..

630.000.-

120

Empleados No Permanentes…………………………

630.000.-

 

T o t a l:……………………………….

630.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guilermo Jiménez Gallo, Jorge Torrez Navarro.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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