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DECRETO SUPREMO N° 13643

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Decreto Supremo N°. 13607 de 31 de mayo de 1976, se ha aprobado en todas sus partes el Convenio de préstamo y los documentos que le son relativos, entre la República de Bolivia, representada por el Ministerio de Finnazas y el Consorcio de Bancos Extranjeros encabezado como Agente por Bank of America, Banque Canadienne Nationale y European Brasilian Bank Ltd. por la suma de $us. 50.000.000 (cincuenta millones de dólares americanos).

 

Que, ante la imposibilidad del viaje del Ministro de Finanzas a la ciudad de Nueva York, con este motivo, es necesario autorizar al señor Enrique Ackermann Director Ejecutivo de INDEF, dependiente del Ministerio de Finanzas, quien se encuentra en aquella ciudad con aquel motivo, a suscribir el citado Convenio, en representación del Ministro de Finanzas y de la República de Bolivia.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al señor Enrique Ackermann, Director Ejecutivo del Indef, dependiente del Ministerio de Finanzas, a suscribir el Convenio de Préstamo y los documentos que le son relativos entre la República de Bolivia y el Consorcio de Bancos extranjeros encabezado como Agente por Bank of America, Banque Canadienne Nationale y European Brasilian Bank Ltd., por la suma de $us. 50.000.000 (cincuenta millones de dólares americanos).

 

ARTÍCULO 2.- El Decreto Supremo N°. 13607 de 31 de mayo de 1976, que aprueba esta operación y autoriza la suscripción del mismo, queda modificado en su Artículo 3° en el sentido a que se refiere el Artículo anterior.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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