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DECRETO SUPREMO N° 13674

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, mediante Resolución N° 2237/75 de fecha 11 de septiembre de 1975, ha cedido a título gratuito a la Federación Departamental de Matarifes y Ramas Anexas de Cochabamba, el lote de terreno de su propiedad signado con la letra "B", de 879.36 m2, ubicado en la manzana N° 151-A de aquella ciudad, con el fin de facilitar la construcción de su Sede Social.

 

Que, es deber del Gobierno colaborar y alentar obras que cumplan fines sociales.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, transferir a título gratuito en favor de la Federación Departamental de Matarifes y Ramas Anexas de Cochabamba, el lote de terreno de su propiedad signado con la letra "B", de la extensión superficial de 879.36 m2., ubicado en la manzana 151-A de la misma ciudad, con destino a la construcción de su Sede Social.

 

ARTÍCULO 2.- Libérase de los impuestos nacionales, departamentales y municipales los actos relacionados con su enajenación, debiendo sucribirse la escritura pública con intervención del Contralor Departamental y Fiscal del Distrito, por ante la Notaría de Hacienda.

 

Los señores Ministros en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, René Bernal Escalante, Guillermo Jiménez Gallo, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Santiago Maese Roca, Juan Pereda Asbún, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Jorge Torres Navarro.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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