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DECRETO SUPREMO N° 13665

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, el Ministerio de Defensa Nacional a través de la Corporación de las FF. AA. para el Desarrollo Nacional "COFADENA", ha convocado a propuestas para las obras de conclusión (2da. Fase) del Edificio "Vivienda Multifamiliar para las FF. AA.", ubicado en la Av. 6 de Agosto Nº 2649 de la ciudad de La Paz;

 

Que, reunida la H. Junta de Almonedas en fecha 19 de Noviembre de 1975, procedió a la apertura de propuestas presentadas, disponiendo que una Comisión Técnica Legal nombrada en la misma reunión, efectúe la calificación de las mismas;

 

Que, nuevamente reunida la H. Junta de Almonedas en fecha 5 de enero de 1976, para conocer el Informe presentado por la Comisión, decidió por unanimidad adjudicar las obras a favor de la Empresa Ingenieros Civiles (BOLIVIA).

 

Que, habiéndose cumplido las formalidades legales establecidas por el D. L. N°. 10120 de 2 de Febrero de 1972, corresponde aprobar la adjudicación efectuada.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas de la Corporación de las FF. AA. para el Desarrollo Nacional en favor de la Empresa Constructora "Ingenieros Civiles Asociados (BOLIVIA)", para la ejecución de obras de terminado del Edificio "Vivienda Multifamiliar de las FF. AA." por la suma de $b. 17.672.620.89 (DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEICIENTOS VEINTE 89/100 PESOS BOLIVIANOS.

 

ARTÍCULO 2- En la suscripción de contrato pertinente deberán intervenir en representación del Estado los Sres. Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Guillermo Jiménez Gallo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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