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DECRETO SUPREMO N° 13671

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, mediante Resolución Ministerial N° 231/74, de 14 de febrero de 1974, el Ministerio de Defensa Nacional ha concedido a la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA), la administración, uso y usufructo de las propiedades "COTAPACHI - TAMBORADA", situadas en el Departamento de Cochabamba;

 

Que, COFADENA en cumplimiento de sus objetivos ha resuelto llevar a cabo un proyecto de explotación de ganado lechero en dichos fundos, destinado a cubrir las necesidades de consumo de la población boliviana y de esta forma elevar su dieta alimenticia;

 

Que, el Proyecto Lechero "COTAPACHI-TAMBORADA", está orientado a que la leche sea un producto accesible a la mayoría de la población y a introducir modernos y eficientes sistemas de organización y explotación;

 

Que, el estudio del Proyecto prevé un plan de inversiones para el primer año de $b. 5.509.000.- con destino a construcciones civiles, maquinaria equipo, compra de ganado y capital de trabajo; de los cuales la cantidad de $b. 1.377.300 serán cubiertos con aportes propios y $b. 1.815.700 del Tesoro Nacional, siendo necesario financiar el resto con fondos del Banco Central de Bolivia.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco Central de Bolivia conceder a la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA), un crédito de $b. 2.030.000.- con destino al financiamiento del Programa Lechero "COTAPACHI - TAMBORADA".

 

ARTÍCULO 2.- Las condiciones, plazos y demás términos del crédito anterior, serán acordados entre el Instituto Emisor y COFADENA, a tiempo de elaborar el respectivo contrato de préstamo.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacoi de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Guillermo Jiménez Gallo, Alfondo Villalpando Armaza, José Antonio Zelaya Salinas, Jorge Torres Navarro, Oscar Adriázola Valda, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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