TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO Nº 13695

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Honorable Alcaldía Municipal de Monteagudo, Capital de la Primera Sección de la Provincia Hernando Siles del Departamento de Chuquisaca, ha presentado Proyecto de Ordenanza de Patentes e Impuestos a consideración del Consejo Nacional de Economía y Planificación.

 

Que, los organismos técnicos de los Ministerios de Finazas y Planeamiento y Coordinación, han elaborado informe y proyecto sustitutivo sobre la referida Ordenanza.

 

CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMÍA Y PLANIFICACIÓN.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la Honorable Alcaldía Municipal de Monteagudo, Capital de la Primera Sección de la Provincia Hernando Siles del Departamento de Chuquisaca para la gestión de 1976 en sus 5 Secciones y 79 Item.

 

Item

D E T A L L E

 

Categoría

1ra.

2da.

 

PRIMERA SECCION

 

 

 

PATENTES PROFESIONALES (ANUAL)

 

 

1

Médicos con consultorio…………………………………….

150.-

-.-

2

Dentistas con consultorio………………………………………

150.-

-.-

3

Abogados con bufetes………………………………………….

150.-

-.-

4

Gestores de causas……………………………………………..

100.-

-.-

5

Constructores o albañiles……………………………………...

100.-

60.-

6

Sastres………………………………………………………….

50.-

40.-

7

Academias de costura y modas………………………………...

150.-

100.-

8

Costureras y modistas………………………………………….

50.-

40.-

9

Plomeros y ojalateros…………………………………………..

80.-

60.-

10

Mecánicos y herreros…………………………………………...

150.-

100.-

11

Carpinteros……………………………………………………..

150.-

100.-

12

Músicos o conjuntos orquetales……………………………….

150.-

100.-

13

Radiotécnicos, relojeros……………………………………….

100.-

80.-

14

Comerciantes con más de $b. 80.000.- de capital……………..

1.000.-

800.-

15

Comerciantes con capital de $b. 25.000 a 80.000……………..

800.-

400.-

16

Comerciantes con capital de $b. 8.000 a 25.000………………

400.-

200.-

17

Comerciantes con capital de 3.000.- a 8.000.- $b……………..

200.-

100.-

18

Comerciantes con capital de 1.000.- a 3.000.- $b…………….

100.-

80.-

19

Comerciantes ambulantes sitiaje por día………………………

2.-

-.-

20

Comerciantes ambulantes por llegada…………………………

30.-

20.-

21

Farmacias y boticas……………………………………………

200.-

100.-

22

Hoteles…………………………………………………………

400.-

300.-

23

Pensiones y alojamientos………………………………………

150.-

100.-

24

Restaurantes y Bares…………………………………………..

500.-

300.-

25

Billares y otros juegos no prohibidos…………………………

300.-

200.-

26

Compraventa de ají por arroba y extracción…………………..

2.-

-.-

27

Compraventa de coca internación por tambor………………...

15.-

-.-

28

Compraventa de tabaco por qq. extracción…………………….

10.-

-.-

29

Compraventa de maní por arroba extracción…………………..

2.-

 

30

Compraventa de melazas y empanizados por qq………………

2.-

-.-

31

Compraventa de ganado vacuno macho o hembra por

 

 

 

cabeza extracción………………………………………………

20.-

 

32

Compraventa de ganado porcino por cabezas

 

 

 

extracción………………………………………………………

10.-

-.-

33

Compraventa de ganado asnal, caballar o mular………………

10.-

-.-

34

Comercialización de maíz duro y blando, arroba………………

0.50

-.-

35

Elaboración de chicha de acuerdo al D. S. de 12 de

 

 

 

enero de 1965, por litro…………………………………………

0.50

-.-

36

Venta de chicha por botella…………………………………….

0.20

-.-

37

Compraventa de madera por pie cuadrado extracción

0.05

-.-

 

PATENTES INDUSTRIALES

 

 

38

Alambique y falcas de destilación de licores, dentro

 

 

 

de la jurisdicción………………………………………………..

200.-

-.-

39

Explotaciones avícolas………………………………………….

50.-

-.-

40

Aserraderos dentro de la jurisdicción…………………………...

300.-

200.-

41

Fábrica de ladrillos, tejas y otras del mismo material

 

 

 

dentro de la jurisdicción………………………………………...

200.-

150.-

42

Inscripción de matrícula de fabricantes de pan y otros

30.-

20.-

43

Vendedoras de comidas dentro del radio urbano por

 

 

 

día……………………………………………………………….

1.-

-.-

44

Puestos Municipales para la venta de productos locales,

 

 

 

por día

1.-

-.-

 

PESAS Y MEDIDAS

 

 

45

Control de pesas y medidas usadas por comercio y

 

 

 

vendedores ambulantes………………………………………...

30.-

-.-

46

Patente a vendedoras en puestos Municipales en el

 

 

Mercado, por día………………………………………………..

1.-

-.-

 

SEGUNDA SECCION

 

 

 

OTRAS PATENTES

 

 

47

Rasgos de cementerio para derecho de sepultura………………

200.-

50.-

48

Por juegos no prohibidos………………………………………

50.-

30.-

49

Cines y representaciones teatrales sobre venta………………..

5%

-.-

50

Gravamen a los solares no edificados dentro del radio

urbano s/valor catastral………………………………………..

 

1%

 

-.-

51

Catastro urbano sobre el valor catastral el……………………

4%

-.-

52

Intereses sobre impuestos a patentes devengados, el………..

18%

-.-

53

Multas sobre impuestos a patentes devengados, el……………

25%

-.-

54

Patente de vehículos motorizados, colectivos en circulación local. Anual…………………………………………………….

 

100.-

 

-.-

55

Camiones en servicio local. Anual…………………………….

100.-

-.-

56

Camionetas y jeeps en circulación en servicio local.

Anual……………………………………………………………

 

100.-

 

-.-

57

Patente para motocicletas. Anual……………………………….

30.-

-.-

58

Patente para bicicletas. Anual…………………………………..

10.-

-.-

 

TERCERA SECCION

 

BEBIDAS ALCOHOLICAS

 

 

 

 

59

 

A los alcoholes

(De producción local y a la internación)

 

 

 

 

59.01 A los siguientes aguardientes:

Singani de 1ra. y 2da. clase (uvas), pisco de

frutas, caña de azúcar, melosa o chancaca y

aguardientes adicionadas con substancias

aromáticas, tipo selva negra, el cinco por ciento

sobre el precio de venta (D. S. Nº 4593 de

23/11/57……………………………………………

 

 

 

 

 

 

5%

 

 

 

 

 

 

-.-

 

Al wisky y otros licores elaborados con licencia

de marca extranjera, el cinco por ciento sobre

el precio de venta (D. S. 4593 de 23/11/57)………

 

 

5%

 

 

-.-

60

A las bebidas no alcohólicas

 

(De producción local y a la internación)

 

60.01 A las aguas gaseosas y productos refrescantes,

el cinco por ciento sobre el precio de venta

(D.S. N° 4593 de 23/II/57)………………………

 

 

 

 

 

 

5%

 

 

 

 

 

 

-.-

61

Al expendio de bebidas alcohólicas en casas no inscritas como bares o restaurantes…………………………………………

 

150.-

 

100.-

 

 

CUARTA SECCION

 

PATENTES VARIOS

 

 

62

Derribe de cerdos por cabeza………………………………..

5.-

-.-

63

Derribe de ovejas, cabras y demás especies por cabeza

4.-

-.-

64

Por derribe de ganado vacuno para el consumo de la población o extracción a otro centro, el cuero quedará en favor de la Comuna.

 

 

65

Camalaje por derribe de vacunos……………………………

20.-

-.-

66

Derecho de timbres en trámite ante la H. Alcaldía………….

10.-

-.-

67

Por registro de marcas para ganado………………………….

30.-

-.-

68

Patente por cría de canes en la población, por uno………….

15.-

-.-

69

Por internación o extracción de mukos, por quintal………...

5.-

-.-

70

Sitiaje de vibanderas, por día……………………………….

51.-

-.-

71

Detonaciones de petardos y otros, menos dinamita p/v.

50.-

-.-

72

Por quema de fuegos pirotécnicos y uso de cuetillos

por cada vez…………………………………………………..

 

20.-

 

-.-

73

Carga y descarga de materiales de construcción (piedra, adobes, arena, ladrillos y otros) por camionada

 

1.50

 

-.-

74

Aprobación de planos y permisos de construcción, previo otorgamiento de nivel y línea…………………………………

 

50.-

 

-.-

75

Multas por abuso de confianza, ocultamiento de extracción o importación, defarudaciones en impuestos Municipales…….

 

500.-

 

300.-

76

Permiso para acarreo de materiales del río, comprendidos en el radio urbano mayor, por camionada

 

20.-

 

-.-

 

 

QUINTA SECCION

 

SERVICIOS PUBLICOS

 

 

 

77

Por limpieza de calles y callejones de la población por casa en el impuesto catastral, se recargará por año………………………

 

10.-

 

-.-

78

Alumbrado Público por puesta mensualmente………………..

2.-

-.-

79

Otros servicios, como intervención en audiencias, vista de ojos o por otros, cada vez…………………………………………….

 

50.-

 

-.-

 

ARTÍCULO 2.- Los impuestos y Patentes porcentuales de la presente Ordenanza, no afectan al comercio en tránsito, ni al de exportación.

 

ARTÍCULO 3.- La aprobación de esta Ordenanza no afecta a las estipulaciones liberatorias de los tratados internacionales vigentes.

 

ARTÍCULO 4.- Para los diferentes trámites administrativos técnicos y de tributación, la Municipalidad emitirá formularios valorados.

 

ARTÍCULO 5.- Las Poblaciones Satélites dentro del Radio Urbano, que no tengan los servicios de agua, luz y alcantarillado, quedan exentos del pago de impuestos municipales, mientras no dispongan de dichos servicios.

 

ARTÍCULO 6.- La Municipalidad no cobrará impuestos ni patentes a las similares del país, por ningún concepto.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior, quedan necargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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