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DECRETO SUPREMO N° 13205

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, para el expendio de carburantes tiene instalada una Estación de Servicio denominada Guabirá en la Provincia Montero del Departamento de Santa Cruz, en terrenos pertenecientes a la Alcaldía Municipal de la mencionada localidad.

Que, la señora Deysi Eguez Vargas acreditando su condición de locataria del terreno antes indicado por el lapso de 15 años, solicitó a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos la compra de las construcciones anteriormente citadas,

 

Que, el Directorio de YPFB. en reunión N° 69 de 28 de agosto de 1975, en atención a que los costos de mantenimiento y administración directa de las Estaciones de Servicio provinciales son muy elevados, autorizó la transferencia de las obras civiles de la Estación de Servicio Guabirá al precio establecido por la Contraloría General de la República, debiendo en consecuencia quedar en propiedad de YPFB los surtidores y tanques para el depósito de carburantes de la Estación de Servicio mencionada.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos transferir las obras civiles de la Estación de Servicio Guabirá, situada en la localidad de Montero, Capital de la Provincia Santiesteban del Departamento de Santa Cruz, en favor de la señora Deysi Eguez Vargas, por el precio de Ciento Sesenta Mil Novecientos Noventa y Cinco 12/loo Pesos Bolivianos ($b. 160.995.12) establecido por la Contraloría General de la República.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Energía e Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Walter Núñez Rivero, Jorge Torres Navarro.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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