DECRETO SUPREMO N° 13257
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Convenio Internacional del Azúcar tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 1975;
Que, el Consejo de la Organización Internacional del Azúcar, en uso de facultades especiales ha determinado su prórroga hasta el 31 de Diciembre de 1.976, debiendo dicha decisión ser homologada por los países signatarias del Convenio.
Que, Bolivia, por intermedio de la Cancillería de la República ha notificado al Secretario General de las Naciones Unidas, que garantiza su permanencia en dicha organización;
Que, es necesario ratificar dicha notificación mediante disposición legal expresa.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTICULO ÚNICO.- Se acepta la prórroga del Convenio Internacional del Azúcar hasta el 31 de Diciembre de 1976.
Los señores Ministros de Relaciones Exteriores y Culto y Ministro de Industria, Comercio y Turismo quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Mario Vargas Salinas, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Alberto Natusch Busch, Jorge Torrez Navarro, Walter Núñez Rivero.