TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 13257

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Convenio Internacional del Azúcar tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 1975;

 

Que, el Consejo de la Organización Internacional del Azúcar, en uso de facultades especiales ha determinado su prórroga hasta el 31 de Diciembre de 1.976, debiendo dicha decisión ser homologada por los países signatarias del Convenio.

 

Que, Bolivia, por intermedio de la Cancillería de la República ha notificado al Secretario General de las Naciones Unidas, que garantiza su permanencia en dicha organización;

 

Que, es necesario ratificar dicha notificación mediante disposición legal expresa.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTICULO ÚNICO.- Se acepta la prórroga del Convenio Internacional del Azúcar hasta el 31 de Diciembre de 1976.

 

Los señores Ministros de Relaciones Exteriores y Culto y Ministro de Industria, Comercio y Turismo quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Mario Vargas Salinas, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Alberto Natusch Busch, Jorge Torrez Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|