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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO Nº 13289

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la H. Junta de Almonedas de la Caja Nacional de Seguridad Social ha adjudicado las propuestas formuladas a su Convocatoria Nº 5/75 de 5 de junio de 1975 en favor de varias firmas proveedoras de productos farmacéuticos de industria nacional, con destino al consumo de sus centros asistenciales durante un lapso de 18 meses;

Que, el Instituto Boliviano de Seguridad Social, en uso de las facultades que le confiere el Decreto Ley Nº 10776 de 23 de marzo de 1973, ha expedido informe favorable a dicha adquisición y sobre la corrección del trámite respectivo, mediante resolución Administrativa, por cuyo motivo corresponde aprobar y autorizar la compra de los mencionados productos en observancia del D.S. Nº 12262 de 24 de febrero de 1975;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase en toda forma de derecho la Resolución de fecha 9 de septiembre de 1975 emitida por la H. Junta de Almonedas de la Caja Nacional de Seguridad Social mediante la cual se procedió a adjudicar las propuestas presentadas a su Convocatoria Nº 5/75 de 5 de junio de 1975 para la provisión de productos farmacéuticos por un lapso de 18 meses para sus centros asistenciales, y de consiguiente se autoriza la adjudicación efectuada en favor de las siguientes firmas concursantes:

 

a)

Laboratorios Vita, 49 Items

$b.

11.962.619,00

b)

Laboratorios Vita, 5 ítems

$b.

1.145.600,00

c)

Droguería Inti, 19 ítems

$b.

4.578.810,95

d)

Shering Boliviana, 1 ítem

$b.

321.300,00

e)

Laboratorios Minerva, 1 ítem

$b.

43.195,00

f)

Laboratorios Quimfa, 4 ítems

$b.

343.600,00

g)

Laboratorios Esfasa, 3 ítems

$b.

971.520,00

h)

Laboratorios Alfa, 7 ítems

$b.

1.425.181,00

 

T O T A L:

$b.

20.791.825,95

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a los ejecutivos de la Caja Nacional de Seguridad Social, suscribir los contratos de provisión respectivos, con la participación del Contralor General de la República.

 

El señor Ministro de Previsión Social Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de enero de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Wálter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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