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DECRETO SUPREMO Nº 13385

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N DO :

 

Que, la firma comercial “CONTEC” S.R.L., en representación de Industrias Madereras Prensadas “Cholguan” S.A., solicita rebaja de derechos arancelarios concretamente del específico de $b. 10.- por kilo bruto, de las partidas arancelarias 44.18.00.00 y 48.09.00.00 para la importación de los productos de la firma a la que representa, para su comercialización en el país, por no existir ninguna fábrica de estas láminas utilizadas en la construcción de edificios y muebles;

 

Que, existiendo dos proyectos de instalación de fábricas de estos productos en Cochabamba y Santa Cruz., que recién podrán entrar en producción dentro de dos años mientras que se pueda producir en el país dicho material, como ayuda a la construcción y al desarrollo nacional, el Supremo Gobierno dicta la norma legal.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Rebajar el derecho aduanero específico de $b 10.- por kilo bruto de los materiales de construcción a importarse, aforados en las partidas arancelarias 44.18.00.00 y 48.09.00.00 del Arancel de Importaciones vigente, por el período de dos años a partir de la fecha del presente Decreto.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de febrero de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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