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DECRETO SUPREMO N° 13388

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº- 08962 de 27 de octubre de 1969, se autorizó a la Caja Nacional de Seguridad Social gestionar el financiamiento de créditos destinados a la conclusión de sus obras hospitalarias, a su equipamiento y a la renovación de material quirúrgico, hasta un monto equivalente a canco millones de dólares americanos;

 

Que, en cumplimiento de esa disposición la Caja Nacional de Seguridad Social, ha lanzado la convocatoria Nº 7-74, dirigida a las firmas comerciales nacionales y extranjeras, cuyas ofertas han sido analizadas con observancia de los procedimientos legales pertinentes, adjudicándose, en Junta de Almonedas, parte de los ítems de equipos e instrumental hospitalario especificados en el listado correspondiente, a las firmas que dieron cumplimiento a las condiciones del pliego respectivo;

 

Que, el Instituto Boliviano de Seguridad Social en su función de controlar y supervisar el funcionamiento de los entes gestores del país, ha emitido dictamen favorable en el sentido de que la inversión se halla justificada por el estado de total deterioro de los equipos del Hospital Obrero y por la necesidad de dotar de los mismos a lfos Hospitales de nueva creación;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Caja Nacional de Seguridad Social la adquisición de equipó e instrumental hospitalario, conforme a las resoluciones de 30 de septiembre, 10 y 31 de octubre y 29 de noviembre de 1975, adoptadas por la Junta de Almonedas en sus reuniones Nº 27 de 30 de septiembre, N° 28 de 10 de octubre, N° 30 de 29 de octubre, Nº 31 de 31 de octubre, Nº 34 de 29 de noviembre de 1975, y de acuerdo con el siguiente detalle:

 

HANSA LTDA.

 

 

 

Línea “Cibra”

Equipo Cocina

$us.

85.645,46

 

Equipo Lavandería

6.812,60

Línea “Siemens”

Equipo Cocina

434.886,31

 

Equipo Lavandería

156.668,50

 

Esterilización Central

16.772,56

 

Equipo Radiodiagnóstico

174.541,08

 

Equipo Radiodiagnóstico

387.088,42

 

Fisioterapia

82.928,62

 

Electrobisturies

51.455,76

 

Equipos Dentales

259.475,77

 

Equip. de Laboratorio

194.371,32

Línea Daumer

Equipo de Lavandería

284.797,80

 

Equipo de Cirugía

173.400,28

Línea “Aesculap”

Instrumental Quirúrgico

712.255,26

CASA BERNARDO

 

 

 

Equipos Electrógeno

71.610,17

 

Equipo Lavandería

6.190,68

 

Morgue y Autopsia

73.568,14

 

Aspiradora Sangre

16.221,18

 

Equip. Pediatría

66.364,41

GENERAL DENTAL

 

 

Línea Ohio Médica

Oxigenoterapia …

48.179,67

Línea Castle

225.810,00

 

 

$us

3.529.043,99

 

El valor total adjudicado es de (Dólares Americanos $us. 3.529.043,39 (DOLARES AMERICANOS TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL CUARENTITRES 99/100) o s uequivalente en $b. 71.992.497,39 (SETENTIUN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTIDOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE (39/l00 PESOS BOLIVIANOS) al cambio oficial de $b. 20.40 por dólar americano, incluye gastos de instalación de determinados equipos.

 

ARTÍCULO 2.- El costo total de la adjudicación, así como el importe de los intereses, serán cubiertos con recursos propios de la Caja Nacional de Seguridad Social, y cuyo financiamiento no debe alterar su esquema general de prestaciones.

 

ARTÍCULO 3.- En cumplimiento de lo previsto por el artículo 3° del Decreto Supremo N° 08962 de 27 de octubre de 1969, el Banco Central de Bolivia, avalará los créditos de la presente licitación en los casos en que las firmas adjudicatarias soliciten dicha garantía.

 

ARTÍCULO 4.- Las tasas de interés por los créditos en ningún caso excederán la tasa bancaria vigente en el país.

 

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos correspondientes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cautro días del mes de marzo de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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