TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO Nº 13409

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, el Instituto Nacional de Estadística, dependiente del Ministerio de Plantamiento y Coordinación de la Presidencia de la República es el organismo encargado de levantar el “Censo Nacional de Población y Vivienda del Sesquicentenario”;

 

Que, para tal efecto se requiere la cooperación de personal adecuado para las tareas a ejecutarse;

 

Que, para lograr una mayor eficiencia es necesario, asimismo, utilizar la experiencia y conocimientos de funcionarios públicos en la realización del censo;

 

Que, como reconocimiento a las labores que efectúen tales funcionarios, es justo otorgarles estímulos económicos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Instituto Nacional de Estadística, la contratación eventual de personal perteneciente a la Administración Pública para que cooperen en las labores de preparación del Censo Nacional de Población y Vivienda.

 

ARTÍCULO 2.- Asimismo autorízase al Instituto Nacional de Estadística, el pago de incentivos económicos en los funcionarios públicos contratados, en vista de tratarse de trabajo extraordinario y que no constituye incompatibilidad.

 

ARTÍCULO 3.- El Instituto Nacional de Estadística, presentará a los fines anteriormente indicados una escala de remuneraciones.

 

ARTÍCULO 4.- El pago de incentivos y remuneraciones se efectuará con cargo a la Partida 120 del Programa 0.2 Censos de dicho Instituto.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de al República y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de marzo de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Tórrez Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|