TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO Nº 13410

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 12652 de fecha 27 de junio de 1975, se aprobó la adjudicación de las obras de acabado del Pabellón de Hospitalización de la Unidad Hospitalaria de Sucre efectuada por la Honorable Junta de Almonedas de los Ministerios de Previsión Social y Salud Pública y de Urbanismo y Vivienda, a la Empresa Constructora “PAREJA”, por el precio de $b.- 3.545.635.30;

 

Que, al presente, se ha visto por conveniente ampliar dicha obra con la construcción de un ambiente en el que se acomode un centro quirúrgico - obstétrico laboratorio y servicios generales, con una inversión de $b. 1.936.000.-;

 

Que, de conformidad con lo prescrito por el Decreto Supremo Nº 12262 de 24 de febrero de 1975, la adjudicación de obras del Sector Público, debe ser autorizada mediante Decreto Supremo, cuando su precio sobrepase de $b.400.001.-

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase con cargo al Presupuesto del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, la inversión de la suma de UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.936.000.-) en las obras de ampliación de construcción de un centro quirúrgico - obstétrico, laboratorio y servicios generales, en el Hospital Unico de la ciudad de Sucre, encomendándose su ejecución a la misma Empresa Constructora PAREJA, adjudicataria de la obra principal.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Pública y de Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los quince días del mes de marzo de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Tórrez Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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