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DECRETO SUPREMO Nº 13462

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, por Resolución Suprema Nº 179502 de 30 de enero de 1976, se dispuso el remate público de una partida de vehículos usados pertenecientes a la Presidencia de la República, que luego de realizado arrojó una recaudación de $b. 842.600.-.

 

Que, en fecha 11 de marzo del presente año y por Resolución Suprema Nº 178728, se autorizó a la Presidencia de la República el traspaso de $b. 2.878.970.69 como saldos de la cuenta bancaria 7-A-7 de la Gestión 1975 a la Partida 291 Asignaciones Globales.

 

Que, siendo necesario amortizar la primera cuota del avión jet que se adquirirá próximamente para uso Presidencial, corresponde autorizar la utilización de los fondos anteriormente señalados.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la utilización de $b. 542.600.- provenientes del remate de sus vehículos usados y de $b. 2.878.970.68 del traspaso a que se refiere la Resolución Suprema Nº 179728 para el pago de parte de la primera cuota por la adquisición del avión Jet para uso Presidencial.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de abril de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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