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DECRETO SUPREMO N° 13483

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el convenio de aseguramiento do fecha 6 de junio de 1970, mediante el cual los maestros de la Corporación Minera de Bolivia se incorporaron a la Caja Complementaria de Seguridad Social del Magisterio Fiscal, el mismo que fuera homologado mediante Decreto Supremo Nº- 09679 de fecha 19 de abril de 1971, ha sido revisado y modificado por voluntad de las partes;

 

Que, los organismos técnicos del Instituto Boliviano de Seguridad Social, bajo cuyo patrocinio se ha realizado la revisión, han emitido dictamen favorable y han sugerido la aprobación del nuevo convenio a los fines legales consiguientes.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Homológase el convenio de aseguramiento del personal docente y administrativo de la Corporación Minera de Bolivia al régimen complementarlo de invalidez, vejez y muerte y al régimen especial de cuota mortuoria, gestionado y administrado por la Caja Complementaria de Seguridad Social del Magisterio Fiscal suscrito en fecha 5 de diciembre de 1975, en las ocho cláusulas de que consta.

 

ARTÍCULO 2.- Derógase el Decreto Supremo Nº 09674 de fecha 19 de abril 1971, que homologa el convenio.

 

El señor Ministro de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, Víctor Gonzales Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Santiago Maesse Roca, Jorge Torres Navarro.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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