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DECRETO SUPREMO Nº 13726

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Centro de Desarrollo Forestal solicita la consideración y aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos del Tesoro Nacional, con la finalidad de cubrir el Estudio Integral de la Reserva Forestal del Choré.

 

Que, efectuado el análisis correspondiente por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas y de acuerdo al Convenio para el Desarrollo Tecnológico en el Area de Recursos Forestales (PADTREPORT), mediante el cual el Gobierno de Bolivia se compro- mete a realizar el estudio antes mencionado.

 

Que, en atención a la importancia del Desarrollo Tecnológico en el Area de Recursos Forestales, corresponde al Supremo Gobierno autorizar la aprobación de un Presupuesto Adicional para el proyecto Pacto Andino por la suma de $b. 531.400.- en sus capítulos de ingresos y Egresos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, para el Centro de Desarrollo Forestal en la presente gestión fiscal, por la suma de QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 531.400.-) de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

 

MINISTERIO DE ASUNTOS CAMPESINOS Y AGROPECUARIOS

 

CAPITULO I FUNCIONAMIENTO

 

PROGRAMA 01 : ADMINISTRACION GENERAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(I N G R E S O S)

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS

 

Presupuesto

Código Fuente Adicional

1976

 

 

 

 

 

 

 

 

I

NACIONALES

 

531.400.-

 

 

 

 

 

Tesoro Nacional

 

531.400.-

 

 

 

 

 

T o t a l :

 

531.400.-

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

Presupuesto

Código Descripción Adicional

1976

 

 

 

 

700

TRANSFERENCIAS

 

531.400.-

 

 

 

 

730

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

 

 

 

AL SECTOR PUBLICO.

 

531.400.-

 

 

 

 

732

ADMINISTRACION

 

 

 

DESCENTRALIZADA

 

531.400.-

 

 

 

2.- INSTITUCIONES

 

 

 

 

PUBLICAS

 

 

 

Centro de Desarrollo

 

531.400.-

 

Forestal:

 

531.400.-

 

 

 

 

 

T o t a l :

 

531.400.-

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2.- El Centro de Desarrollo Forestal como Organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará al siguiente detalle:

 

CENTRO DE DESARROLLO FORESTAL

 

CAPITULO II INVERSION

 

PROGRAMA 02 : INVERSIONES, INVESTIGACIONES Y

 

PLANIFICACION FORESTAL.

 

Proyecto 03 : INVERSION DE MADERAS TROPICALES

(PACTO ANDINO)

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Presupuesto

Código Fuente Adicional

1976

 

I

NACIONALES

 

531.400.-

 

 

 

 

4.-

TRANSFERENCIAS

 

531.400.-

 

 

 

 

 

MINISTERIO DE ESTADO

 

531.400.-

 

 

 

 

 

Ministerio de Asuntos

 

 

 

Campesinos y Agropecuarios

 

 

 

(Tesoro Nacional)

 

531.400.-

 

 

 

 

 

Total:

 

531.400.-

 

 

= = = = = = =

 

E G R E S O S

( En Pesos Bolivianos )

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

Presupuesto

Código Descripción Adicional

1976

 

200

SERVICIOS NO PERSONALES

 

300.000.-

 

 

 

 

270

SERVICIOS PROFESIONALES

 

 

 

Y COMERCIALES

 

300.000.-

 

 

 

 

273.4

Estudios, Investigaciones y Proyectos

 

300.000.-

 

 

 

 

300

MATERIALES Y

 

 

 

SUMINISTROS

 

31.400.-

 

 

 

 

350

OTROS SUMINISTROS

 

31.400.-

 

 

 

 

351.4

Equipo de Campaña

 

31.400.-

 

 

 

 

400

ACTIVOS FIJOS Y

 

 

FINANCIEROS

 

200.000.-

 

 

 

 

430

MAQUINARIA Y EQUIPO

 

200.000.-

 

 

 

 

435.4

Equipo de Laboratorio e Investigación

 

200.000.-

 

 

 

 

 

Total:

 

531.400.-

 

 

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de julio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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