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DECRETO SUPREMO Nº 13728

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, convocó a licitación pública para el ensanche a 40 metros, desmonte, destronque, desenraizado, cuneteado, perfilado y replanteo del eje del camino primario San Ramón-Trinidad, habiéndose presentado al primer llamamiento las siguientes empresas constructoras y de servicios: ECSO LTDA., SAETA LTDA. MODULO LTDA. y VELKO LTDA.

 

Que, cumplidas las formalidades legales necesarias, la Junta de Licitaciones del citado Comité, en su reunión del día 11 de mayo de 1976, adjudicó la propuesta para la mencionada obra en la siguiente forma: Tramo de 121 kms. San Ramón Ascensión Río San Pablo, a la Empresa de Construcción y Servicios SAETA LTDA. y el tramo de 136 kms. Trinidad Río San Pablo, a la Empresa Constructora MODULO LTDA.

 

Que, los cuadros comparativos, informes, técnicos, dictámenes y demás antecedentes puestos a consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que las adjudicaciones efectuadas, resultan las más convenientes tanto por las mayores ventajas como por las seguridades que ofrecen.

 

Que, en virtud del inciso d) del artículo 14 del Decreto Ley N° 13364 de 20 de febrero de 1976, corresponde aprobar la licitación adjudicada por el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, de acuerdo al monto.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase las adjudicaciones efectuadas por la Junta de Licitaciones del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, en fecha 11 de mayo de 1976 en favor de las firmas constructoras: ECSO LTDA., por la suma de $b. 4.525.400.- para el tramo San Ramón- Ascensión: SAETA LTDA., por la suma de $b. 4.026.440.- para el tramo Ascensión-Río San Pablo y MODULO LTDA., por la suma de $b. 5.603.200.- para el tramo Trinidad Río San Pablo, autorizándose la suscripción de los respectivos contratos con la intervención del Contralor Departamental y el Fiscal del Distrito en representación del Supremo Gobierno, los personeros del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz y los representantes legales de las empresas adjudicatarias.

 

El señor Ministro en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de julio de mil novecientos setenta y seis años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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