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DECRETO SUPREMO N° 13748

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Servicio Nacional de Caminos, ha licitado la provisión de equipo caminero, mediante Licitación Pública Nº 3/76 Crédito “CACEX”;

 

Que, una vez que se procedió a la apertura de propuesta conforme a los requisitos legales (Acta N° 188/76) de fecha 5/4/76 y conocido el informe de la Comisión Calificadora, la H. Junta de Almonedas en su reunión de fecha 25 de junio de 1976 (Acta N° 191/76) adjudicó las propuestas en favor de varias firmas comerciales;

 

Que, es necesario aprobar la adjudicación de la H Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos, mediante Decreto Supremo, de conformidad a lo dispuesto por el D. S. N° 12262 de 24 de febrero de 1975;

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos en su reunión de fecha 25 de junio de 1976, en favor de las firmas comerciales que se detallan a continuación, por los montos que se señalan y en las condiciones adjudicadas:

 

A LA FIRMA TURIN MOTORS:

 

 

 

3 camiones distribuidores de asfalto

Total

$us

86.940. -

3 camiones termo para asfalto

84.720.-

7 camiones de plataforma de 15 Ton.

262.185.-

8 camiones de estaca de 8 Ton.

143.760. -

70 camiones volquetas

1.263.850.-

A LA FIRMA HOWSON S. A.

 

 

 

3 camiones tanques aguateros

Total

$us.

51.252.-

6 omnibuses

119.604.-

A LA FIRMA COMBOGEL LTDA.

 

 

 

10 camiones cisternas 10.000 lts. .,

Total

$us.

228.880.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a los señores: Director del Servicio Nacional de Caminos, Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, para que en representación del Estado suscriban los respectivos contratos con los personeros de las firmas adjudicatarias y sea con las formalidades y seguridades prescritas por ley.

 

Los señores Ministros de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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