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DECRETO SUPREMO N° 13756

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Convenio de Crédito AID 511-V-051 de 16 de agosto de 1974, se determinó la realización de una investigación Socio-Linguística que sirva de marco al desarrollo del Proyecto de Educación Rural I financiado bajo el Convenio de Crédito AID 511-V-054.

 

Que, para el cumplimiento de la mencionada Investigación, los técnicos y profesionales contratados, requieren de un vehículo para las operaciones del trabajo de campo, a cuyo fin se asignó dentro del financiamiento un monto con destino a transportes por el tiempo de duración del Proyecto.

 

Que, sin embargo se ha visto la mayor conveniencia de convertir este gasto en una inversión, adquiriendo el vehículo con el presupuesto asignado a transporte, de tal modo que una vez concluído el Proyecto la movilidad sea utilizada en las fases dos y tres de su implementación o en otros proyectos del Ministerio de Educación y Cultura.

 

Que, el cumplimiento del Inc. c) del Art. 14 del D.L. N° 13384 de 20 de Febrero de 1976, para la adquisición del vehículo requerido, demandaría el retraso de varios meses en la Investigación, causando fuertes erogaciones al Ministerio de Educación, y entorpeciendo el trabajo de la asistencia técnica extranjera y la contraparte nacional que ya se encuentra contratada y percibiendo sus correspondientes remuneraciones, por lo que:

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Con carácter excepcional, autorízase al Consejo de Racionalización Administrativa del Ministerio de Educación y Cultura, la adquisición directa de la Firma S. HOWSON S. A. de un JEEP WAGONEER modelo - 1400, tracción en las cuatro ruedas, 1976 y demás características señaladas en la factura Pro-forma N° 206-2-7-JK de fecha 31 de mayo del año en curso, por el valor de $us. 10.070 (DIEZ MIL SETENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS), suma que incluye el preparado inicial y que será cancelada con fondos provenientes del Préstamo del Convenio de Crédito AID 511-V-051, Programa 4, Sub-Programa 4,7 Proyecto de Investigación Sociolinguística”.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El referido vehículo, deberá ser registrado en el Departamento de Bienes Nacionales de la Contraloría General de la República, como propiedad del Ministerio de Educación y Cultura.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Educación y Cultura, quedan encargados del cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de julio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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