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DECRETO SUPREMO N° 13760

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, por Decreto Supremo N° 13377 de 20 de Febrero de 1976, el Supremo Gobierno ha autorizado al Banco Central de Bolivia la acuñación de monedas de curso legal del valor de $b. 5.-;

 

Que, mediante contrato de fecha 10 de Marzo del mismo año, el Banco Central de Bolivia encomendó la acuñación de 20.000.000 (veinte millones) piezas de dichas monedas a la firma Vereinigte Deutsche Metallwerke A.G. Altena (Alemania);

 

Que, esos valores monetarios por su origen y destino deben estar excentos del pago de derechos consulares;

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La importación de 20.000.000.- (veinte millones) piezas de monedas de curso legal del valor de $b. 5.- acuñadas por la firma alemana Vereinigte Deutsche Metallwerke A.G. Alternas, está libre del pago de derechos consulares y demás gravámenes;

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, quedan encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de julio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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