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DECRETO SUPREMO N° 13794

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Ministerio de Educación y Cultura adeuda al Magisterio Fiscal del Distrito Escolar de Santa Cruz $b. 1.122.285,94, por concepto de haberes devengados, categorías, aguinaldo de Navidad y de Fiestas Patrias y otros beneficios en Servicios Personales correspondientes a la gestión fiscal de 1975, los mismos que no fueron cancelados por no haberse procesado en planillas dentro de los términos señalados por el Calendario de pagos previstos por la Ley Financial;

 

Que, tratándose de obligaciones de cumplimiento perentorio en favor del Servicio de Educación, corresponde al Poder Ejecutivo determinar su pago exceptuando el procedimiento del Reconocimiento de Crédito señalado por el D. S. N° 07860 de 30 de noviembre de 1966, mediante remesas al indicado Subtesoro;

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Dirección General del Tesoro Nacional, para que con cargo a la Partida 514 "Créditos Reconocidos" del Presupuesto vigente de Deuda Pública, remese al Sub-Tesoro de Santa Cruz, la suma de UN MILLON CIENTO VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCI 94/100 PESOS BOLIVIANOS (1.122.285.94), para que proceda al pago de obligaciones por concepto de Reintegro de Aguinaldo de Navidad, de Fiestas Patrias, categorías y otros beneficios de Servicios Personales correspondiente a la gestión de 1975, en favor del Magisterio Fiscal del Distrito de Santa Cruz.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de julio de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maese Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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