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DECRETO SUPREMO Nº 13833

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Instituto Nacional del Trigo, ha convocado a propuestas en la ciudad de Cochabamba, para la adquisición de una máquina cosechadora autopropulsora;

 

Que, previos los requisitos legales que rigen la materia, la Junta de Almonedas, considerando los informes técnicos y legales que se elaboraron al efecto, adjudicó a la firma SEMAI LTDA. la provisión de la máquina licitada por monto total de $b. 576. 481.36.-

 

Que, de conformidad a las previsiones contenidas en el D.L. Nº 13384 de 20 de febrero de 1976, corresponde su aprobación mediante Decreto Supremo.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Aprobar la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas del Instituto Nacional del Trigo, Filial Cochabamba, en favor de la firma SEMAI LTDA., para la provisión de una máquina Cosechadora combinada Autopropulsada, marca “Case Santa Matilde 960”, industria brasilera, por el precio de QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO 36/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 576.481.36.-) precio que incluye aranceles e impuestos, monto que debe imputarse a la Partida 433 “Equipos de Transporte y Elevación” del presupuesto del Instituto Nacional del Trigo.

 

Los señores Ministros de Finanzas y Asuntos Campesinos y Agropecuarios quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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