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DECRETO SUPREMO N° 13865

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la H. Junta de Almonedas de la Caja Nacional de Seguridad Social, sobre la base de la Convocatoria a Propuestas N° 9/75 y del trámite legal correspondiente, ha expedido la Resolución N° 52 de 11 de marzo de 1976 adjudicando en favor de varias firmas legalmente establecidas la provisión de muebles metálicos con destino al hospital de la ciudad de Sucre inaugurado últimamente por la primera entidad aseguradora del país;

 

Que, el Instituto Boliviano de Seguridad Social, encargado de orientar y aprobar inversiones de los recursos del Seguro Social obligatorio ha emitido informe favorable y homologado la preindicada resolución de la Junta de Almonedas atendiendo la finalidad de la adquisición;

 

Que, la adquisición de materiales, suministros y otros, para el sector público, cuyo valor sobrepase a $b. 400.001,00 deberá realizarse previa convocatoria a propuestas aprobación de Junta de Almonedas y ser autorizado por Decreto Supremo, de conformidad a lo prevenido por el Art. 14° del Decreto Supremo N° 13384 de 20 de febrero de 1976.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas de la Caja Nacional de Seguridad Social, para la provisión de muebles metálicos con destino al Hospital de dicha entidad situado en la ciudad de Sucre, en favor de las siguientes firmas:

 

"INELQUI" los items. 5, 6, 7, 9, 10, 19, 22, 24, 25, 26, 27, 29, 32, 33, 34, 35, 37, 39, 40, 41, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 52, 53, 55, 56, 57, 58, 65, 66, 67, 70, 71, 73, 4 y 30 por un valor total de .............................................

 

 

 

 

$b.

 

 

 

694.882,00

"FEMCO", los items. 11, 12, 13 y 20 por un valor total de ....................................................................................

 

 

$b.

 

35.887,00

"VOLCAN" los items. 1, 2, 3, 8, 15, 21, 23, 28, 30, 31, 38 y 69, en forma parcial los items. 4 y 30 por un valor total de ..........................................................................

 

 

 

$b.

 

 

453.657,60

TOTAL..............................

 

$b.

1.184.426,60

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a los ejecutivos de la C.N.S.S. suscribir los correspondientes contratos con la participación de la Fiscalía de Gobierno y Contraloría de la República.

 

Es señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y siete días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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