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DECRETO SUPREMO Nº 13875

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República, ha obtenido la asignación de fondos del Tesoro General de la Nación, con destino a la construcción de Centros de Observación y Terapia, Centros Multifuncionales y un Asilo para Ancianos.

 

Que, para tales efectos, se llamaron a las respectivas Licitaciones Públicas, convocando a las firmas constructoras a la presentación de propuestas para la ejecución de las dichas obras, habiéndolo hecho varias Empresas Constructoras en el suficiente número establecido por Ley, dando lugar a la Honorable Junta Nacional de Licitaciones, proceda a las adjudicaciones de las Obras, en cumplimiento a lo previsto por los artículos 42 y 46 del Decreto Ley N° 10120 de 2 de febrero de 1972.

 

Que, es deber del Supremo Gobierno, legalizar la actuación de sus personeros representantes.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Almonedas de Acción Social de la Presidencia de la República, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Para la construcción de un Centro de Observación y Terapia en Sucre a la Empresa Boliviana de Construcciones “Emboc” por $b. 4.614.726.20.

 

Para la construcción de un Centro de Observación y Terapia en Montero en el departamento de Santa Cruz a la Empresa Constructora Romero y Cía. Ltda. por 4.975.982.96 $b.

 

Para la construcción de un Centro de Observación y Terapia en Tarija adjudicado a la Empresa Constructora “Savoca Ltda.” por $b. 4.650.948.13.

 

Para la construcción de un Centro Multifuncional en Riberalta en el departamento del Beni, adjudicado a la Empresa Constructora Romero y Cía. Ltda. por $b. 4.388.080.75.

 

Para la construcción de un Observatorio y Terapia en Oruro adjudicado a la Empresa Constructora “Pardo Ltda.” por $b. 4.615.140.81.

 

Para la construcción de un Observatorio y Terapia en Potosí adjudicado a la Empresa Constructora “Mancilla y Cía. Ltda.” por $b. 4.560.956.00.

 

Para la construcción de un Centro Multifuncional en Catavi, departamento de Potosí, adjudicado a la Empresa Constructora “Ecomor” por $b. 2.899.384.95.

 

Para la construcción de un Asilo de Ancianos en Cochabamba, adjudicado a la Empresa Constructora “Trasandina” por $b.- 40.587.331.00.

 

Dando cumplimiento a las previsiones del Decreto Ley N0 10120 de 2 de febrero de 1972.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Planeamiento y Coordinación queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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