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DECRETO SUPREMO N° 13876

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Ministerio del Interior, Migración y Justicia, solicita la aprobación de un Presupuesto Adicional con la finalidad de reforzar los gastos de la Dirección Nacional de Control de Sustancias Peligrosas para el Control, racionalización del cultivo de la coca, programas de previsión, educación y rehabilitación de drogadictos y alcohólicos; el monto total de $b. 4.726.600.- corresponde a la contraparte del Estado Boliviano, por el cual se suscribirá el convenio respectivo.

 

Que, analizado el anterior requerimiento por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, se establece que el Presupuesto del Ministerio del Interior, Migración y Justicia requiere la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos del Tesoro Nacional destinados a cubrir la contratación de 56 funcionarios técnicos y administrativos y la previsión del bono de peligrosidad para 28 efectivos de la Guardia Nacional y demás personal, Servicios No Personales, Materiales y Suministros y Maquinaria y Equipo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio del Interior, Migración y Justicia para la Dirección Nacional de Control de Sustancias Peligrosas con cargo a recursos del Tesoro Nacional para su vigencia en la presente gestión fiscal por la suma de CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 4.726.600-.) de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DEL INTERIOR, MIGRACION Y JUSTICIA


PROGRAMA 01: ADMINISTRACION CENTRAL

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

Financiamiento por orígen de los Recursos:

 

Código

 

F U E N T E

Presupuesto

Adicional

1976

 

I

 

NACIONALES

 

4.726.600.-

1

Tesoro Nacional

4.726.600.-

 

T O T A L:

 

 

4.726.600.-

 

 

E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

Código

 

D E S C R I P C I O N

 

 

Presupuesto

Adicional

1976

100

SERVICIOS PERSONALES

------------------------------------

2.625.600.-

---------------

110

Empleados Permanentes

-----------------------------

2.555.600.-

---------------

111

Haberes Básicos

58.300.-

112

Categorías

13.000.-

113

Bonos

2.029.200.-

115

Aguinaldos

420.100.-

116

Asignaciones Familiares

35.000.-

120

Empleados No Permanentes

-----------------------------------

70.000.-

------------

200

SERVICIOS NO PERSONALES

-----------------------------------------

925.000.-

-------------

220

Publicidad e imprenta

--------------------------

300.000.-

-------------

221

Publicidad

120.000.-

222

Imprenta

180.000.-

230

Transporte y Gastos de Viaje

-----------------------------------

320.000.-

-------------

231

Gastos por Pasajes

100.000.-

232

Viáticos

220.000.-

250

Alquileres

--------------

63.000.-

-------------

254

Otros Alquileres

63.000. -

260

Mantenimiento y Reparaciones

--------------------------------------

92.000.-

-------------

261

Edificios

50.000.-

262

Equipo

42.000.-

290

Otros Servicios No Personales

-------------------------------------

150.000.-

-------------

291

Asignaciones Globales

150.000.-

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

-----------------------------------------------

646.000.-

------------

310

Suministros de Oficina y Publicaciones

-----------------------------------------------

160.000.-

------------

311

Papelería

60.000.-

312

Publicaciones

60.000.-

313

Suministros Varios de Oficina

40.000.-

330

Suministros para Construcción y

 

 

Mantenimiento

---------------------------------------

296.000.-

------------

331

Lubricantes y Combustibles

96.000.-

332

Accesorios y Repuestos para

 

 

Maquinaria y Equipo

120.000.-

335

Materiales para Construcción y

 

 

Edificación

80.000.-

340

Suministros Técnico

--------------------------

190.000.-

---------------

341

Materiales y Artículos Médicos,

 

 

Quirúrgicos y de Laboratorio

100.000.-

342

Productos Farmacéuticos

90.000.-

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

---------------------------------------------

530.000.-

---------------

430

Maquinaria y Equipo

--------------------------

530.000.-

---------------

431

Equipo de Oficina y Muebles

120.000.-

434

Equipo Médico, Odontológico y

 

Sanitario

160.000.-

435

Equipo de Laboratorio e Investigación

150.000.-

439

Equipo Educacional y Recreativo

100.000.-

---------------

 

 

T O T A L:

 

4.726.600.-

---------------

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. Gral. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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