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DECRETO SUPREMO Nº 13891

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, como consecuencia del incremento de horas extra-curriculares que reconoce el Supremo Gobierno de la Nación al Magisterio Nacional Fiscal, se ha producido un aumento en sus haberes básicos y categorías, por lo que, el Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura, ha sufrido un desajuste en el Grupo de Servicios Personales, por un monto que asciende a $b. 220.000.000.-.

 

Que, analizado el anterior requerimiento por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas se establece que el Presupuesto del Ministerio de Educación y Cultura requiere la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a fondos del Tesoro Nacional, para cubrir estas necesidades.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional para el Ministerio de Educación y Cultura, con cargo al Tesoro General de la Nación, por la suma de DOSCIENTOS VEINTE MILLONES -- oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 220.000.000.-), para la presente Gestión Fiscal de 1976 conforme al siguiente detalle:

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

 

Fuente

Presupuesto
Adicional

1976

 

I

 

NACIONALES

 

220.000.000.-

___________

1.—

Tesoro Nacional

220.000.000.-

___________

 

Total:

220.000.000.-

==========

 

 

 

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

Código

Descripción

Presupuesto
Adicional
1976

100

SERVICIOS PERSONALES

 

220.000.000.-

___________

 

110

EMPLEADOS PERMANENTES

 

220.000.000.-

___________

 

111

 

112

 

115

Haberes Básicos

 

Categorías

 

Aguinaldos

100.000.000.-

 

75.000.000.-

 

45.000.000.-

 

Total:

220.000.000.-

==========

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación y Cultura y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Vallalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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