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DECRETO SUPREMO Nº 13919

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Decreto Supremo N° 12996 de 22 de octubre de 1976, se autorizó al Fondo Complementario de la Caja Petrolera de Seguro Social, la adquisición de un terreno con una superficie de 2.088 metros cuadrados (Dos mil ochenta y ocho metros cuadrados), por el precio de $us. 480.387.20 (Cuatrocientos ochenta mil, trescientos ochenta y siete, veinte dólares americanos), pagaderos en moneda nacional;

 

Que, una remesura del terreno ha permitido establecer una diferencia de 138,36 m2. (Ciento treinta y ocho, treinta y seis metros cuadrados), en favor de los propietarios, quienes han demandado el pago de suplemento del precio y la Junta de Almonedas del Fondo ha autorizado su cancelación mediante Resolución expedida en fecha 18 de noviembre de 1975, homologada por el Instituto Boliviano de Seguridad Social, con Resolución Administrativa N° 03-058-76, de 7 de junio de 1976.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Fondo Complementario de la Caja Petrolera de Seguro Social, la adquisición complementaria de 138,36 m2. (Ciento treinta y ocho, treinta y seis metros cuadrados) de terreno, por el precio de $b. 649.185.12 (Seiscientos cuarenta y nueve mil ciento ochenta y cinco 12/100 pesos bolivanos), a la compra efectuada por dicha entidad a los señores Ezequiel Alfonso Jáuregui Cusicanqui y Julio Ventura Jáuregui Cusicanqui, debiendo suscribirse la escritura correspondiente con las formalidades previstas en el Decreto Supremo N° 12996 de 22 de octubre de 1975.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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