TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 3453

LEY Nº 335

LEY DE 4 DE ENERO DE 2013

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

Artículo 1. Declárese Patrimonio Cultural e Inmaterial del Pueblo Boliviano, al “Festival Cultural en Música y Danza Autóctona Originaria de Compi - Tauca”, que se realiza en el Municipio de Chua Cocani, de la Provincia Omasuyos del Departamento de La Paz.

 

Artículo 2. El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Culturas, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y el Gobierno Autónomo Municipal de Chua Cocani, en el marco de sus competencias, implementará políticas de promoción y difusión con fines culturales y turísticos.

 

Artículo 3. El Gobierno Autónomo Municipal de Chua Cocani, queda encargado de la organización del Festival Cultural en Música y Danza Autóctona Originaria, en las comunidades de Compi - Tauca.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil doce.

 

Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Luis Alfaro Arias, Angel David Cortéz Villegas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de enero del año dos mil trece.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Pablo Cesar Groux Canedo, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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