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DECRETO PRESIDENCIAL N° 1428
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 251 de la Constitución Política del Estado, determina que la Policía Boliviana como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano. Ejercerá la función policial de manera integral, indivisible y bajo mando único, en conformidad con la Ley Orgánica de la Policía Nacional y las demás leyes del Estado.
Que el Artículo 252 del Texto Constitucional, establece que las Fuerzas de la Policía Boliviana dependen de la Presidenta o del Presidente del Estado por intermedio de la Ministra o Ministro de Gobierno.
Que de conformidad al numeral 18 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado concordante con el Artículo 14 de la Ley N° 734, es atribución del Presidente del Estado designar al Comandante General de la Policía Boliviana.
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Designar al Cnl. Desp. ALBERTO JORGE ARACENA MARTINEZ, como COMANDANTE GENERAL INTERINO DE LA POLICÍA BOLIVIANA, quién tomará posesión del cargo con las formalidades de rigor.
II. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Presidencial.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil doce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz.
TEXTO DE CONSULTA
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