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DECRETO SUPREMO N° 12772

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de Cochabamba, es propietaria de un lote de terreno de la extensión superficial de Dos Mil Quinientos metros cuadrados (2.500 m2) que se encuentra ubicado en el manzano 1004 zona del Aeropuerto “Jorge Wilsterman”.

 

Que, el Lloyd Aéreo Boliviano S. A. está procediendo a la ampliación de instalaciones de Radio en todo el territorio de la República cumpliendo con su política de mejorar sus servicios al público.

 

Que el lote de terreno no presta utilidad a la Alcaldía Municipal de Cochabamba; según informes técnicos el terreno es adecuado para instalar antenas de radio, para implementar el plan de comunicaciones Heck-Moor.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba transferir un lote de terreno de la extensión superficial de Dos Mil Quinientos metros cuadrados ubicado en el Manzano 1004 zona del Aeropuerto “Jorge Wilsterman”, en favor del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. cuyo precio será cancelado de acuerdo con el valor catastral actual.

 

ARTÍCULO 2.- Concurrirán a la suscripción de la escritura respectiva, el Alcalde Municipal de Cochabamba, los personeros del Lloyd Aéreo Boliviano, el Contralor Departamental y el Fiscal de Distrito de Cochabamba.

 

Los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y del Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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