DECRETO SUPREMO Nº 12763
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Supremo Gobierno mediante D.S. Nº 11543 de 26 de julio de 1974, dispuso el financiamiento de 8 proyectos de regadío para el Valle de Cochabamba por $b. 6.928.000.-, con cargo a recursos originados en la venta de diez mil toneladas métricas de trigo, donadas por la Comunidad Económica Europea, con ejecución a través del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y el Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad.
Que, por restricción del gasto público y falta de fondos en el Tesoro General de la Nación durante la gestión fiscal de 1974 no se llegó a ejecutar el desembolso de la suma de $b. 5.928.000.- destinados a los proyectos de “Laguna Koari”, “Laguna Robada”, “Río Huichaca”, “Laguna Mayo”, “Río Arque”, “Río Charamaco” y ”La Pajcha”, habiéndose ordenado solamente el desembolso de $b. 1.000.000.- con destino al Proyecto de “Laguna Vacas” que se ejecutó por administración del Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad:
Que, para viabilizar la ejecución de los referidos proyectos en la presente gestión fiscal, se hace necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Finanzas al Ministerio de Asuntos Compesinos y Agropecuarios, determinando a su vez el detalle de ingresos y egresos a los que debe sujetarse el Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad como Organismo receptor de la referida transferencia y ejecutor de los proyectos, con los detalles elaborados por el Ministerio de Finanzas de acuerdo a lo previsto por el Art. 17 del D.S. Nº 12262 de 24 de febrero de 1975;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la transferencia del Ministerio de Finanzas al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios para su vigencia en la presente gestión fiscal por suma de CINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 5928.000.-) de acuerdo al siguiente detalle:
PARA EL MINISTERIO DE ASUNTOS CAMPESINOS
Y AGROPECUARIOS
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:
Presupuesto
Código
Fuente
Adicional
1975
I
NACIONALES
5.928.000.-
4.-
TRANSFERENCIAS
5.928.000.-
2.- MINISTERIO DE ESTADO
5.928.000.-
Ministerio de Finanzas
5.928.000.-
Total:
5.928.000.-
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
CLASIFICACION POR OBJETO DE GASTO:
Presupuesto
Código
Descripción
Adicional
1975
700
TRANSFERENCIAS
5.928.000.-
780
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL AL SECTOR PUBLICO
5.928.000.-
782
ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA
5.928.000.-
2.- INSTITUCIONES PUBLICAS
5.928.000.-
Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad
5.928.000.-
Total:
5.928.000.-
ARTÍCULO 2.- El Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad, como Organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará al siguiente detalle:
PARA EL SERVICIO NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
FUNCIONAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:
Presupuesto
Código
Fuente
Adicional
1975
I
NACIONALES
5.928.000.-
4.-
TRANSFERENCIAS
5.928.000.-
2.- ADMINISTRACION DE ESTADO
5.928.000.-
Ministerio de Asuntos Campesinos
y Agropecuarios
5.928.000.-
5.928.000.-
Total:
5.928.000.-
EGRESOS
(En PESOS BOLIVIANOS)
Código Descripción TOTAL Inversión Proyecto Proyecto Proyecto Proyecto Proyecto Proyecto Proyecto Proyecto
Presupuesto Programa 01 02 03 04 05 06 07
Adicional 02 Koari Laguna Huichana Laguna Río Río La Paj-
Micro Rie- Rodada Mayu Arque Chura- cha
go Casa moco
100
SERVICIOS PERSONALES
577.000
577.000
96.000
144.000
82.500
40.000
66.000
49.500
99.000
120
EMPLEADOS NO PERMANENTES
577.000
577.000
96.000
144.000
82.500
40.000
66.000
49.500
99.000
200
SERVICIO NO PERSONALES
2.574.500
2.574.500
361.000
902.500
760.000
-
95.000
28.500
427.500
250
ALQUILERES
2.561.100
2.561.000
359.100
897.750
756.000
-
94.500
28.500
425.250
253
Otra Maquinaria y Equipo
2.561.100
2.561.000
359.100
897.750
756.000
-
94.500
28.500
425.250
270
SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES
13.400
13.400
1.900
4.750
4.000
-
500
-
2.250
271
Honorarios
13.400
13.400
1.900
4.750
4.000
-
500
-
2.250
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
2.776.500
2.776.500
101.000
383.500
277.500
40.000
239.000
222.000
1.423.500
330
SUMINSTROS PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO
2.776.500
2.776.500
191.000
383.500
277.500
40.000
239.000
222.000
1.423.500
331
Lubricantes y Combustibles
530.200
530.200
34.400
67.200
47.500
10.000
46.800
44.100
280.200
335
Materiales de Construcción y Edificación
2.110.300
2.110.300
137.600
268.800
190.000
29.500
187.200
176.400
1.120.800
336
Otros Materiales para Construcción y Mantenimiento
136.000
136.000
19.000
47.500
40.000
500
5.000
1.500
22.500
Totales:
5.928.000
5.928.000
648.000
1.430.000
1.120.000
80.000
400.000
300.000
1.950.000
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Asuntos Campesinos y Agropecuarios quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de agosto de mil novecientos setentay cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.