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DECRETO SUPREMO N° 12779

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

Que, la Promoción de oficiales denominada “Crogmañores”, egresado del Colegio Militar de Ejército Cnl. “Gualberto Villarroel” inició la construcción de un Gimnasio, habiendo suscrito el Correspondiente contrato con la Empresa “EIAL”.

 

Que, por diversas circunstancias, los recursos económicos no alcanzan para llevar adelante la citada obra, la misma que de no continuar ocasionaría perjuicio al Colegio Militar.

 

Que, el Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos, dentro de un programa de construcciones deportivas, puede concluir el citado escenario deportivo con sus propios recursos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos proseguir la construcción del Gimnasio en el Colegio Militar de Ejército, debiendo negociar el pago de la obra hasta la fecha ejecutada.

 

ARTÍCULO 2.- La obra a que se refiere el artículo anterior se ejecutará de acuerdo a disposiciones legales en vigencia.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del Presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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