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DECRETO SUPREMO N° 12800

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que, a partir del 1° de agosto del año en curso, se introducirá en la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros (AADAA) "El Sistema intgerado de tránsito de mercaderías de y hacia Bolivia por el Puerto de Arica", el cual fue recomendado por la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) y aprobado mediante Acta de Conclusiones, suscrita en Arica entre comisiones de Bolivia y Chile el 15 de mayo de 1975.

 

Que, el nuevo sistema requiere de una racional administración, que permita atender normal y eficientemente la recepción, internación y reembarque de mercaderías con destino a los Almaceens Aduaneros de Bolivia.

 

Que, AADAA al hacerse cargo de la totalidad de despachos, observará el trabajo que a la fecha vienen efectuando once Agencias Despachadoras particulares.

 

Que, no habiendo previsto en el presupuesto de servicios personales de AADAA, para la presente gestión, el incremento de personal, se ha visto por conveniente suprimir agunos ítems, para crear otros que permitan salvar la citada necesidad motivada por la nueva modalidad que se aplicará en el citado Puerto de Tránsito con personal técnico especializado, mediante la dictación del correspondiente Decreto Supremo de excepción a la prohibición señalada en el Art.27 y 29 del D. S. N° 12262 de 24 de febrero de 1975.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- A partir del 1°. de agosto del presente año, se suprimen los siguientes cargos de la planilla presupuestaria de AADAA.

 

Item

Cargos Suprimidos

Monto

65

Kardixta (Central)……………………………………………….............

3.566

82

Encargado Comedor (Central)………………………………...

3.566

367

Inspector General (Arica)……………………………………..

12.612

369

Oficinista (Arica)……………………………………………..

5.420

398

Encargado Despachos (Mollendo)……………………………

9.312

413

Jefe de Operaciones (Rosario)………………………………..

9.312

 

Total mensual:…………………………………………………

43.788

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con cargo a los Items anulados, y con efectividad al 1° de agosto del presente año, se crean los siguientes cargos:

 

Item

Cargos a Crearse para Arica

Monto

369

Oficinista ………..…………………………………………….

6.020

415

Auxiliar de Contabilidad ……………………………………...

6.020

416

Auxiliar de Contabilidad ……………………………………...

6.020

417

Almacenista ….………………………………………………..

6.020

418

Almacenista ….………………………………………………..

6.020

419

Almacenista ….………………………………………………..

6.020

420

Almacenista ….………………………………………………..

6.020

 

 

Total mensual:…………………………………………………

 

42.140

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho das del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, el gabinete en pleno.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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