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DECRETO SUPREMO N° 12788

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que, la Junta Nacional de Acción Social, ha tomado bajo su responsabilidad la realización de los programas de homenaje con motivo del “Año Internacional de la Mujer”, de acuerdo a determinación de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas y en aplicación del D. S. N° 12188 de 17 de enero de 1975.

 

Que, asimismo, por determinación del D. S. N° 1200 de 13 de marzo de 1975 la Junta Nacional de Acción Social se ha hecho cargo de la Dirección Nacional de Producción Social a la Mujer y del Servicio de Promoción al Anciano, que originalmente dependían del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública.

 

Que, la Junta Nacional de Acción Social se enecuentra ante la necesidad de racionalizar su planilla presupuestaria en los niveles jerárquicos del Tribunal Tutelar del Menor, Directores de Codeme y Directores de Acción Social de acuerdo al concepto de incompatibilidad de funcoines previsto por el Art. 240 del Código del Menor, que obliga a dichos funcionarios al cumplimiento del horario normal de oficinas sin lugar a ningún otro género de remuneraciones.

 

Que, para atender los anteriores requerimientos, este Organismo requiere de un soporte presupuestario con cargo a recursos del Tesoro Nacional, por lo que corresponde al Poder Ejecutivo aprobar un Presupuesto Adicional por el monto de $b. 10.194.300.-, con el detalle de cifras elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, de acuerdo a la previsión del Art. 17 del D. S. N° 12262 de 24 de febrero de 1975.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Junta Nacional de Acción Social con cargo a recursos del Tesoro Nacional para su vigencia en la presente gestión fiscal por la suma de DIEZ MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 10.194.300.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

INGRESOS

 

(En pesos bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

 

Presupuesto

Código

FUENTE

Adicional

 

 

1975

I

NACIONALES………………………………………..

10.194.300.-

1.-

Tesoro Nacional……………………………………….

10.194.300.-

 

 

Total:………………………………………...

 

10.194.300.-

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código

DESCRIPCION

PROGRAMA 01: Dirección

Nacional de Planificación y

Administración Financiera

PROGRAMA 03

 

Direcciones De-

TOTAL

partamentales

Presupuesto

 

 

Año Internacio-

Alimento

de Infraestruc-

Adicional

 

 

nal de la Mujer

Ancianos

ra Social

1975

110

SERVICIOS PERSONALES

240.000.-

-.-

210.000.-

450.000.-

110

Empleados Permanentes........

-.-

-.-

210.000.-

210.000.-

118

Bonos...........................................

-.-

-.-

180.000.-

180.000.-

115

Aguinaldos..................................

-.-

-.-

30.000.-

30.000.-

120

Empleados No Permanentes

180.000.-

-.-

-.-

180.000.-

130

Sobretiempo................................

60.000.-

-.-

-.-

60.000.-

200

SERVICIOS NO PERSONALES....

5.050.100.-

-.-

-.-

5.050.100.-

210

Comunicaciones y Servicios Pú-

 

 

 

 

 

blicos ____________.....................

300.000.-

-.-

-.-

300.000.-

211

Correos, Cables, Telégrafos......

300.000.-

-.-

-.-

300.000.-

220

Publicidad e Imprenta................

2.160.000.-

-.-

-.-

2.160.000.-

221

Publicidad....................................

960.000.-

-.-

-.-

950.000.-

222

Imprenta......................................

1.200.000.-

-.-

-.-

1.200.000.-

230

Transporte y Gastos de Viaje....

2.060.100.-

-.-

-.-

2.060.100.-

231

Gastos por Pasajes....................

650.100.-

-.-

-.-

650.000.-

232

Viáticos......................

1.410.000.-

-.-

-.-

1.410.000.-

290

Otros Servicios No Personales..

540.000.-

-.-

-.-

540.000.-

291

Asignaciones Globales..............

540.000.-

-.-

-.-

540.000.-

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

1.041.000.-

2.991.300.-

-.-

4.032.300.-

310

Suministros de Oficina y Publi-

 

 

 

 

 

caciones......................................

1.041.000.-

-.-

-.-

1.041.000.-

311

Papelería......................................

540.000.-

 

 

540.000.-

312

Publicaciones...................

480.000.-

-.-

-.-

480.000.-

313

Suministros Varios de Oficina...

21.000.-

-.-

-.-

21.000.-

320

Suministros Generales..........

 

2.991.300.-

-.-

2.991.300.-

324

Alimentos....................................

 

2.991.300.-

-.-

2.991.300.-

400

ACTIVOS FIJOS Y FINAN-

 

 

 

 

 

CIEROS.........................

399.900.-

-.-

-.-

399.900.-

430

Maquinaria y Equipo..................

399.900.-

-.-

-.-

399.900.-

431

Equipo de Oficina y Muebles....

399.900.-

-.-

-.-

399.900.-

700

TRANSFERENCIAS............

252.000.-

-.-

-.-

252.000.-

710

Transferencias Corrientes al Sec-

 

 

 

 

 

tor Privado ........................

252.000.-

-.-

-.-

252.000.-

711

Pensiones, Donaciones y Premios

252.000.-

-.-

-.-

252.000.-

 

Total:.............................

6.998.000.-

2.991.300.-

210.000.-

10.194.300.-

 

 

 

 

 

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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