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DECRETO SUPREMO N° 12817

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, en fecha 22 de marzo de 1975, convocó a licitación pública para la provisión de cuatro bombas Verticales habiendo concurrido al primer llamado las siguientes firmas: EPAYO, ROGHUR, e Importadora Agrícola.

 

Que, cumplidas las formalidades necesarias, la Junta Especial de Almonedas del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz en su reunión de 16 de junio de 1975 adjudicó a la firma ROGHUR la provisión del referido equipo de bombeo.

 

Que, los cuadros comparativos, informes técnicos, dictámenes y demás antecedentes puestos en consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que la adjudicación efectuada en favor de la Firma ROGHUR, es la más conveniente por las mayores ventajas y seguridades que ofrece.

 

Que, en virtud del inciso e) del Art. 7° del Decreto Supremo N° 12262 de 24 de febrero de 1975 corresponde aprobar la licitación adjudicada por el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO UNICO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta Especial de Almonedas del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz en fecha 16 de junio de 1975 en favor de la firma ROGHUR para la provisión de cuatro bombas verticales a turbina marca JACUZZI por un valor de $US.32.767.- y sea con intervención del Fiscal del Distrito, la Contraloría Departamental y personeros del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz en la suscripción del contrato.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintinueve días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Lechín Suárez, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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